Sociedad Con fines turísticos

Día no laborable: Varios sectores no trabajan durante esta jornada

El sector público considera a la fecha como día no laboral, por lo que no habrá actividades en organismo oficiales y escuelas. Tampoco abrirán los bancos. En el resto de los casos, cada empleador si lo cede o no a sus trabajadores.
Tras el feriado del 17 de agosto, el gobierno estableció que hoy sea un "día no laboral con fines turísticos", lo que significa que en el sector privado queda a consideración de cada empleador si lo cede o no a sus trabajadores.

El sector público considera a la fecha como día no laboral, por lo que no brinda atención. Tampoco abren los bancos, lo que implica que la jornada será similar a la de un feriado.

Con respecto al servicio doméstico, desde la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp) explicaron que, al tratarse de un día no laborable, cada empleador puede decidir si el empleado trabaja o no. En caso de que lo haga, no está obligado a pagar doble la jornada.

De acuerdo al artículo 167 de la ley de contrato de trabajo, "en los días no laborables, el trabajo será optativo para el empleador, salvo en los bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación". Además, la resolución indica que en esos días el personal que preste servicio "percibirá el salario simple".

Comercio
El Sindicato de Empleados de Comercio (SEC) hizo saber que hoy será una jornada no laborable con fines turísticos, una de los tres establecidas por el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) para este 2019.
En el día no laborable, el empleador tiene la facultad de decidir si se realiza o no actividades en su empresa.

Según sea la decisión que tome, la situación para el trabajador será la siguiente:
Si abre el emprendimiento, el empleado tiene la obligación de concurrir a prestar servicios, como cualquier otro día normal y habitual, conforme a su jornada laboral.
En caso de ausentarse sin justificativo, corresponderá el descuento de la jornada, independientemente de las posibles sanciones disciplinarias que puedan ser aplicadas.
Si cierra el establecimiento en la fecha, el trabajador no prestará servicios y su sueldo no puede verse afectado, devengando remuneración como un día normal.
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