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Política Emergencia agropecuaria por la crecida de los ríos

Emergencia agropecuaria en Entre Ríos: cómo solicitar los beneficios y qué documentación presentar

El Gobierno de Entre Ríos estableció los requisitos para que productores ganaderos y apícolas afectados por las inundaciones accedan a beneficios impositivos. El trámite requiere una declaración jurada y tiene un plazo de 45 días.

6 de Noviembre de 2026
Emergencia agropecuaria: cómo solicitar los beneficios
Emergencia agropecuaria: cómo solicitar los beneficios

REDACCIÓN ELONCE

El Gobierno de Entre Ríos estableció los requisitos para que productores ganaderos y apícolas afectados por las inundaciones accedan a beneficios impositivos. El trámite requiere una declaración jurada y tiene un plazo de 45 días.

La emergencia agropecuaria en Entre Ríos ya cuenta con un procedimiento formal para que los productores afectados por la crecida de los ríos Paraná y Uruguay puedan solicitar los beneficios establecidos por el Gobierno provincial.

 

La medida alcanza a explotaciones ganaderas y apícolas ubicadas en zonas de islas y anegadizos de los departamentos La Paz, Paraná, Diamante, Victoria, Gualeguay e Islas del Ibicuy, afectadas por las inundaciones. El período de emergencia y desastre agropecuario comprende desde el 1° de agosto de 2026 hasta el 31 de julio de 2027.

 

Si bien la declaración de emergencia ya había sido anunciada, la reglamentación incorporó los formularios y las instrucciones que deberán seguir los damnificados para obtener el certificado oficial. Este documento permitirá gestionar los beneficios tributarios y otras medidas de asistencia previstas para el sector.

Cómo solicitar el certificado de emergencia agropecuaria

Los productores interesados deberán completar una declaración jurada de emergencia agropecuaria, disponible tanto en formato papel como digital. En ella tendrán que consignar sus datos personales, información de la explotación, actividad productiva y pérdidas ocasionadas por la inundación.

 

El formulario deberá estar respaldado por un profesional de las ciencias agropecuarias matriculado en el Colegio de Profesionales de la Agronomía de Entre Ríos (COPAER) o en el Colegio de Médicos Veterinarios de Entre Ríos (CMVER), según pudo saber Elonce.

 

Además, la presentación tendrá que contar con la certificación de una entidad pública o privada representativa o vinculada al sector agropecuario. Entre las instituciones habilitadas para avalar la documentación se contemplan cooperativas, entidades rurales y organismos públicos nacionales, provinciales o municipales.

 

Qué documentación deben presentar los productores

El anexo oficial especificó los datos y comprobantes necesarios para respaldar la solicitud. Entre ellos se encuentran:

  • Datos personales: nombre y apellido o razón social, CUIT, domicilio, teléfono y correo electrónico.
  • Inscripción ante ARCA: constancia de inscripción y actividades económicas declaradas.
  • Información productiva: identificación de la actividad ganadera o apícola y características de la explotación.
  • Producción apícola: número de RENAPA, cantidad de colmenas y constancia de inscripción o actualización.
  • Producción ganadera: número de RENSPA, ubicación del establecimiento y cantidad de animales por categoría, con documentación de SIGSA o FUCOFA.
  • Detalle de los daños: porcentaje estimado de pérdidas y descripción de las consecuencias productivas de la inundación.
  • Información catastral: partidas del Impuesto Inmobiliario Rural, superficie afectada y documentación que acredite la propiedad, arrendamiento o comodato.

En el apartado correspondiente a las pérdidas, los productores deberán describir situaciones como la disminución de disponibilidad forrajera, reducción de la producción, venta anticipada de animales, problemas sanitarios, mortandad de hacienda o colmenas y otros perjuicios derivados de la creciente.

 

La Dirección de Producción Animal podrá realizar inspecciones para comprobar la información declarada y determinar el nivel de afectación de cada establecimiento.

Dónde presentar la declaración jurada y cuál es el plazo

La documentación podrá presentarse de manera presencial o enviarse por correo electrónico a la Dirección de Producción Animal del Ministerio de Desarrollo Económico.

Presentación presencial: 25 de Mayo 113, primer piso, Paraná, Entre Ríos (CP 3100).

 

Correo electrónico: ganaderia@entrerios.gov.ar

 

Teléfono: 0343-4207957.

 

Plazo: 45 días corridos desde la entrada en vigencia del decreto, con posibilidad de prórroga.

 

Quienes opten por el envío digital deberán conservar los documentos originales, ya que podrán ser requeridos posteriormente por las autoridades durante las tareas de verificación.

 

Una vez evaluada la presentación y acreditada la afectación, el Ministerio de Desarrollo Económico emitirá el certificado correspondiente. Salvo indicación expresa del solicitante, el documento será remitido a la entidad u organismo que avaló la declaración jurada.

 

 

Qué beneficios podrán obtener los productores afectados

Uno de los principales beneficios previstos es el diferimiento de los vencimientos del Impuesto Inmobiliario Rural y Subrural hasta el 31 de enero de 2028, para los anticipos comprendidos en el período de emergencia.

 

Asimismo, se estableció un plan especial y opcional de hasta tres cuotas mensuales consecutivas, sin intereses de financiación, cuya primera cuota vencerá el 10 de marzo de 2028. También se dispuso la condonación de determinadas multas e intereses por pagos fuera de término.

 

En los casos en que se reconozca la situación de desastre agropecuario, los productores podrán acceder a una exención del Impuesto Inmobiliario Rural y Subrural, proporcional al porcentaje de pérdida consignado en el certificado correspondiente.

 

El documento también podrá utilizarse para tramitar líneas crediticias con tasas bonificadas en entidades bancarias. En cuanto a los beneficios nacionales contemplados por la Ley 26.509, su aplicación dependerá de la homologación correspondiente y de los trámites ante ARCA.

Por qué se declaró la emergencia agropecuaria

La decisión provincial se fundamentó en los informes técnicos que advirtieron sobre el impacto de las inundaciones en las explotaciones ganaderas y apícolas.

 

En el caso de la ganadería, se identificaron pérdidas relacionadas con la disminución de productividad, ventas forzosas de hacienda a menores precios y mayores costos de alimentación, traslado y arrendamiento de campos para reubicar animales.

 

Para la actividad apícola, los informes señalaron daños en apiarios ubicados en humedales, islas y franjas costeras, además de dificultades para retirar colmenas y consecuencias sanitarias y económicas.

 

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