Las personas que perciben una pensión no contributiva por discapacidad a través de ANSES deben considerar el límite de ingresos previsto para mantener el cobro cuando trabajan. La Ley 27.793 contempla la compatibilidad con el empleo formal bajo determinadas condiciones y toma como referencia dos salarios mínimos, vitales y móviles.
En octubre de 2026, el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) es de $391.200. Por lo tanto, el parámetro equivalente a dos salarios mínimos se ubica en $782.400 mensuales.
Desde noviembre, el SMVM será de $398.800 y esa referencia ascenderá a $797.600 por mes. Los valores surgen del cronograma establecido por la Resolución 4/2026. Estos importes corresponden al límite de ingresos, no al monto de la pensión.
Qué ingresos se tienen en cuenta
La normativa considera los ingresos individuales de la persona beneficiaria, en lugar de sumar los recursos de todo su grupo familiar. El parámetro se actualiza cuando cambia el salario mínimo.
La ley distingue los requisitos de acceso de las condiciones de compatibilidad laboral. Para acceder, el artículo 6 exige no percibir ingresos económicos netos iguales o superiores a dos salarios mínimos; para mantener el cobro mientras se trabaja, el artículo 7 establece que los ingresos no deben superar ese equivalente.
Por eso, al analizar una pensión que se cobra mediante ANSES, corresponde identificar tanto la situación del titular como el requisito aplicable. El límite de ingresos es una de las condiciones previstas y no reemplaza las restantes exigencias de la prestación.
Qué pasa si el titular trabaja en blanco
El artículo 7 de la Ley 27.793 permite compatibilizar la Pensión no Contributiva por Discapacidad para Protección Social con un vínculo laboral formal. También contempla la inscripción en los regímenes tributarios general o simplificado.
Tener un empleo registrado, por lo tanto, no implica por sí solo la suspensión del beneficio. La continuidad del pago está sujeta al cumplimiento del límite de ingresos y de las demás condiciones legales.
Si los ingresos derivados de esas actividades superan los dos salarios mínimos, la norma dispone la suspensión automática de la pensión mientras perdure esa situación. No establece, por ese motivo, una pérdida definitiva del derecho.
Cómo solicitar la rehabilitación de la pensión
Cuando finaliza el vínculo laboral, cualquiera sea la causa, o los ingresos vuelven a ser inferiores al parámetro establecido, el titular puede solicitar la rehabilitación inmediata de la prestación. La ley reconoce el derecho a percibirla desde la fecha de esa petición.
El restablecimiento requiere una solicitud ante la autoridad competente. Por eso, quienes tengan suspendida una pensión abonada por ANSES no deben considerar que el pago se reanudará automáticamente al terminar su empleo o disminuir sus ingresos.
Entre los requisitos generales también figuran la acreditación de la discapacidad mediante el CUD, la documentación de identidad y el cumplimiento de las condiciones de nacionalidad o residencia. Además, se exige una evaluación socioeconómica y no estar amparado por otro régimen previsional incompatible.