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Economía Boletín oficial

RIMI: oficializaron los mecanismos para tramitar el ingreso al régimen

El Gobierno reglamentó las pautas operativas para que empresas medianas puedan adherirse al sistema de beneficios fiscales orientado a impulsar proyectos productivos, exportaciones y generación de empleo.

19 de Mayo de 2026
Régimen de medianas inversiones.
Régimen de medianas inversiones.

El Gobierno reglamentó las pautas operativas para que empresas medianas puedan adherirse al sistema de beneficios fiscales orientado a impulsar proyectos productivos, exportaciones y generación de empleo.

El Gobierno nacional avanzó con una nueva reglamentación del RIMI y estableció las condiciones operativas para que empresas puedan acceder al Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones, creado por la Ley 27.802.

 

La medida fue oficializada mediante la Resolución General Conjunta 5849/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial y firmada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), junto con las Secretarías de Energía y de Agricultura, Ganadería y Pesca.

 

Con esta decisión, el Ejecutivo busca terminar de poner en funcionamiento el RIMI, un esquema orientado a fomentar inversiones de mediano porte tanto nacionales como extranjeras en distintos sectores productivos.

 

 

Qué beneficios contempla el RIMI

 

El régimen prevé incentivos fiscales para proyectos vinculados al desarrollo productivo, la competitividad industrial y el crecimiento de exportaciones.

Entre los principales beneficios aparecen la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y la devolución de créditos fiscales del IVA para inversiones en bienes productivos y obras vinculadas a actividades económicas.

 

La normativa establece además que algunas inversiones quedarán exceptuadas de cumplir con el monto mínimo exigido para ingresar al sistema.

 

Entre esos casos figuran los sistemas de riego, equipos de alta eficiencia energética, mallas antigranizo destinadas al sector agropecuario y bienes semovientes.

 

 

Quiénes podrán acceder

 

Según la reglamentación, podrán incorporarse al RIMI las empresas que estén registradas como Micro, Pequeñas o Medianas Empresas hasta la categoría de Mediana Empresa Tramo 2 inclusive.

 

Para ingresar al esquema deberán contar con el Certificado MiPyME vigente al inicio del ejercicio fiscal en el que se concrete la primera inversión. Además, tendrán que estar correctamente registradas dentro del Sistema Registral administrado por ARCA.

 

En el caso de asociaciones civiles, mutuales o fundaciones que no posean certificado MiPyME, la resolución prevé una calificación especial que deberá ser tramitada ante la Secretaría de Industria y Comercio.

 

Cómo funcionará el sistema

 

La gestión integral del RIMI se realizará exclusivamente de manera digital mediante el servicio web denominado Sistema de Gestión de Inversiones (SGI), que será implementado por ARCA.

 

Desde allí las empresas podrán registrar inversiones, seleccionar beneficios y presentar la documentación correspondiente para acceder al régimen.

 

Por otra parte, el organismo tributario verificará que las firmas no registren deudas exigibles al momento de solicitar los beneficios fiscales.

 

La reglamentación también establece que las Secretarías de Energía y Agricultura podrán realizar auditorías para controlar el cumplimiento de los planes de inversión presentados por las empresas adheridas.

 

En caso de incumplimientos, la normativa prevé la pérdida de los beneficios otorgados, además de la obligación de reintegrar créditos fiscales e impuestos no abonados junto a intereses y multas.

Temas:

RIMI Reglamentación régimen de inversiones
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