Tras el mensaje del Gobernador, esta tarde se dio a conocer el texto del decreto rubricado por Gustavo Bordet este viernes y que entrará en vigencia a partir de las 00 de este sábado.
Comercios
El decreto al que pudo acceder Elonce, se pudo confirmar que la actividad comercial, se limita a las 20 horas. “La actividad comercial podrá desarrollarse en la franja horario comprendido entre las 06 y 20 hs, a excepción de las actividades declaradas esenciales y a las personas afectados a su efectivo cumplimiento”, señala el texto.Municipios
En el texto del decreto que consta de 12 artículos, el noveno, especifica lo que se permitirá a los intendentes que consideren, una agudización mayor de las medidas de restricción.Las autoridades municipales y comunales podrán disponer, en sus respectivos distritos, en consulta con el Ministerio de Salud, mayores restricciones a los horarios de circulación nocturna y otras medidas pertinentes de carácter transitorias, focalizadas e intensivas que las establecidas en los artículos 3° a 7°, inclusive, en particular en aquellos departamentos que semanalmente el Ministerio de Salud defina como de Alto Riesgo epidemiológico y sanitario”, indica el texto
EL TEXTO DEL DECRETO, en este link:
Las nuevas medidas:
1) Se sostienen las clases presenciales con el riguroso cumplimento de los protocolos vigentes.2) Continúa la restricción de circulación de 0 a 6 todos los días.
3) Se prohíbe la permanencia de personas en plazas, espacios y paseos públicos entre las 20 y las 6 todos los días de la semana.
4) se suspenden las reuniones sociales en domicilios particulares y continúan habilitadas las familiares hasta 10 personas.
5) se podrán realizar actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre hasta las 20 personas en el horario comprendido entre las 6 y las 20.
6) se suspenden eventos y espectáculos musicales, culturales que impliquen concurrencia de público, salones para fiestas y salas de entretenimiento.
7) Los locales gastronómicos continuarán funcionando con el aforo del 50% hasta la hora 0 y el ingreso de personas se permitirá hasta las 23. En estos espacios no estarán permitidas las actividades complementarias en forma presencial de artistas y grupos musicales.
8) Las actividades en espacios cerrados de clubes, gimnasios, cines e iglesias funcionarán con un aforo del 50% y un máximo de asistencia de 50 personas.
9) Se prohíben las competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional y amateur no habilitadas expresamente por autoridades nacionales.
10) Se insta a la Secretaría de Transporte de la Provincia a articular con autoridades municipales/comunales y con la Policía de Entre Ríos, el trabajo de control y fiscalización del estricto cumplimiento del protocolo aprobado correspondiente a los servicios de transporte público urbano e interurbano de pasajeros.