Paraná Deudas con la Comuna

Los detalles de la moratoria Municipal: Qué se puede pagar y hasta cuándo

Está destinada a contribuyentes y responsables de Tasas y Derechos adeudados a la comuna, que incluye sus accesorios y multas. La deuda podrá ser saldada al contado o hasta en 48 cuotas. Todos los detalles.
La Administración Fiscal Municipal estableció un nuevo Régimen Especial de Regularización de Obligaciones Tributarias destinado a contribuyentes y responsables de Tasas y Derechos adeudados a la comuna, que incluye sus accesorios y multas. La deuda podrá ser saldada al contado o hasta en 48 cuotas consecutivas y mensuales. El plazo vence el 30 de noviembre de 2018.
Durante la sesión ordinaria que el Concejo Deliberante de Paraná celebró este jueves 30 de agosto, el cuerpo sancionó por unanimidad y sobre tablas, el proyecto de ordenanza para que los contribuyentes paranaenses regularicen sus deudas con la Comuna.
La medida también contempla la condonación de todas las multas aplicadas por el organismo fiscal municipal, como así también una condonación parcial de los intereses resarcitorios y punitorios en función de la forma de pago elegida.
Los contribuyentes o responsables que pretendan acogerse al Régimen aprobado por obligaciones tributarias adeudadas y que se encuentren en gestión de cobro judicial deberán previamente regularizar los honorarios y gastos judiciales que adeuden.
Respecto de las deudas en concursos y/o discusión administrativa que se encuentren verificadas ante los concursos de la ley Nº 24.522, se los tendrá por allanados a la pretensión fiscal y desistidos de toda acción administrativa o legal en relación con las mismas.

En cuanto a las formas de pago de las obligaciones tributarias regularizadas, el mismo podrá efectuarse al contado del importe adeudado o hasta en 48 cuotas mensuales y consecutivas, con un interés de financiación sobre saldo que va del 1 al 1,50 por ciento mensual. Los agentes de retención y recaudación quedarán excluidos de la presente moratoria por los gravámenes retenidos, percibidos o recaudados y no ingresados al fisco municipal.
¿Qué tributos incluye?
- Tasa General Inmobiliaria y Tasa por Servicios Sanitarios (vencidas hasta el tercer bimestre 2018).
- Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad (devengadas hasta el 30 de junio de 2018).
- Contribuciones por Mejoras, Derecho de Ocupación de la Vía Pública, Derecho de Publicidad y Derecho de Edificación (vencidas hasta el 31 de julio de 2018).
Se podrán incluir:
-Obligaciones tributarias incluidas en planes de pagos vigentes formalizados con anterioridad a este nuevo régimen.
-Deudas en gestión judicial.
-Deudas en concursos y en discusión administrativa.
¿Cómo se realiza el convenio?
Primero será necesario solicitar un turno web accediendo al sitio www.afim.parana.gob.ar, y luego concurrir, el día y horario seleccionado, a las oficinas sitas en calle 25 de Mayo 122 con la documentación requerida para la suscripción del plan. Podrá elegir la opción de pago más conveniente a su situación y formalizar el convenio con el organismo fiscal.

¿Hasta cuándo estará vigente?
Hasta el 30 de noviembre de 2018
¿Qué documentación debe presentar?
- Deberá presentarse el original y fotocopia de:
- DNI del firmante
- Constancia de CBU
- Apoderado --> Poder General / Especial
- Personas Jurídicas --> Acta de designación representante legal
- Familiar Responsable --> Libreta de Familia
- Herederos --> Declaratoria de Herederos
¿Cuáles son las opciones de pago?
Contado: CM: 100% - CIRP: 50% - IF: 0%
hasta 6 cuotas: CM: 100% - CIRP: 40% - IF: 0%
7 a 12 cuotas: CM: 100% - CIRP: 30% - IF: 1%)
13 a 24 cuotas: CM: 100% - CIRP: 25% - IF: 1,25%
25 a 36 cuotas: CM: 100% - CIRP: 20% - IF: 1,50%
37 a 48 cuotas: CM: 100% - CIRP: 10% - IF: 1,50%

CM: Condonación de multas
CIRP: Condonación de Intereses Resarcitorios Punitorios
IF: Intereses de Financiación
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