Cuánto cobrarán en abril los empleados de comercio
FAECYS anunció un nuevo acuerdo salarial para los trabajadores de turismo en abril. La escala publicada en el convenio es:Categoría: Administrativo
-Supervisor básico: Marzo a abril: salario básico $474.417,73 + incremento no remunerativo $178.381,07 = total $652.798,80.-Administrativo 1°: Marzo a abril: salario básico $469.235,85 + incremento no remunerativo $176.432,68 = total $645.668,53.
-Administrativo 2°: Marzo a abril: salario básico $465.701,14 + incremento no remunerativo $175.103,63 = total $640.804,77.
-Recepcionista A4: Marzo a abril: salario básico $460.047,95 + incremento no remunerativo $172.978,03 = total $633.025,98.
-Cadete A5: Marzo a abril: salario básico $458.634,66 + incremento no remunerativo $172.446,63 = total $631.081,29.
-Maestranza A6: Marzo a abril: salario básico $456.041,58 + incremento no remunerativo $171.471,63 = total $627.513,21.
Categoría: Vendedor
-Supervisor B1: Marzo a abril: salario básico $474.417,73 + incremento no remunerativo $178.381,07 = total $652.798,80.-Vendedor B1: Marzo a abril: salario básico $469.235,85 + incremento no remunerativo $176.432,68 = total $645.668,53.
-Vendedor B2 - 1°: Marzo a abril: salario básico $465.701,14 + incremento no remunerativo $175.103,63 = total $640.804,77.
-Promotor B4: Marzo a abril: salario básico $459.811,42 + incremento no remunerativo $172.889,09 = total $632.700,51.
Detalles del aumento de salario para turismo
Este incremento incluye un 17% para marzo y un 0,6% para febrero. Los aumentos se pagarán como asignación no remunerativa y se aplicarán a las escalas salariales vigentes en cada categoría. Estos incrementos no generarán aportes a la seguridad social, pero se considerarán para el cálculo de beneficios como el presentismo y la antigüedad. Permanecerán no remunerativos durante marzo y abril de 2024, luego se incorporarán a las escalas salariales convencionales vigentes en mayo de 2024.Además, se acuerda una reunión en abril para revisar las escalas salariales en función de las variaciones económicas. El acuerdo está sujeto a la homologación del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación. Si la homologación se demora y hay vencimientos de plazos de pago, los empleadores deberán abonar las sumas adeudadas como “Pago anticipo a cuenta del acuerdo marzo 2024″, hasta su homologación. Fuente: (LosAndes)