Sociedad Cambios en la legislación laboral rural

Trabajo rural: fijaron multas de hasta $7,5 millones por falta de registración

Una ley publicada este viernes en el Boletín Oficial modifica las sanciones para empleadores rurales que incumplan las obligaciones de registración laboral. Las multas podrán alcanzar los $7,5 millones por trabajador y se actualizarán anualmente desde 2027.

9 de Octubre de 2026
Multas por falta de registración de trabajadores rurales

La falta de registración de trabajadores rurales podrá ser sancionada con multas de hasta $7,5 millones por empleado, según lo estableció la Ley 27.826, publicada este viernesen el Boletín Oficial de la República Argentina. La normativa modificó el régimen de infracciones previsto en la Ley 25.191 y fijó nuevas escalas económicas según la gravedad de los incumplimientos.

 

Esta modificación alcanza a los empleadores rurales que incumplan sus obligaciones ante el Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE). La legislación diferencia entre declaraciones inconsistentes, información falsa y omisiones totales en la registración de los contratos laborales.

 

Asimismo, la medida tiene alcance nacional y resulta especialmente relevante para provincias con actividad agropecuaria, como Entre Ríos, donde se desarrollan tareas agrícolas, ganaderas, citrícolas, avícolas, arroceras y forestales.

 

 

Cuáles son las nuevas multas para empleadores rurales

El artículo 14 de la Ley 27.826 sustituyó el artículo 15 de la Ley 25.191 y estableció tres categorías de infracciones, con sanciones económicas diferenciadas.

 

Las infracciones leves, correspondientes a declaraciones inconsistentes de contratos de trabajo rural, tendrán multas de entre $120.000 y $187.500 por cada trabajador afectado.

 

En el caso de las infracciones graves, vinculadas con declaraciones falsas de contratos laborales, las sanciones oscilarán entre $375.000 y $1.500.000 por empleado.

 

Por su parte, las infracciones muy graves, que comprenden la omisión total de la declaración del contrato de trabajo rural, serán castigadas con multas de entre $1.500.000 y $7.500.000 por trabajador.

 

La normativa también contempla que, cuando no sea posible identificar individualmente a los empleados afectados, las sanciones podrán aplicarse de manera global por establecimiento.

 

 

Qué sucederá con los empleadores reincidentes

Uno de los puntos centrales de la reforma es el tratamiento de los incumplimientos reiterados.

La ley estableció que, cuando exista reincidencia dentro de los últimos cinco años, los montos máximos previstos para las infracciones muy graves podrán incrementarse hasta un 50%.

 

De esta manera, el límite de una sanción por una infracción muy grave podría alcanzar los $11.250.000, si se aplicara el incremento máximo sobre la escala de $7,5 millones.

 

La disposición no establece que ese aumento sea automático para todos los casos, sino que habilita su aplicación cuando se verifiquen las condiciones de reincidencia previstas.

 

 

Las multas se actualizarán desde enero de 2027

Otra modificación incorporada por la legislación es el mecanismo de actualización de los importes.

 

A través del nuevo artículo 15 bis de la Ley 25.191, se dispuso que las escalas de multas se ajustarán anualmente desde el 1 de enero de 2027, tomando como referencia la variación de la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA) registrada entre enero y diciembre del año calendario anterior.

 

El RENATRE deberá publicar las tablas de valores correspondientes a cada año, que serán utilizadas para determinar las sanciones aplicables.

 

La normativa precisó que los importes actualizados deberán considerarse para los sumarios y actas de infracción labrados durante cada período anual. Además, para cancelar las sanciones se tendrá en cuenta el monto vigente al momento del pago.

 

Desde cuándo se aplicarán las nuevas sanciones

El artículo 16 de la Ley 27.826 estableció que las modificaciones serán aplicables a las infracciones cuya constatación material se realice después de la entrada en vigencia de la legislación.

 

Esto significa que las nuevas escalas no se aplicarán automáticamente a todas las infracciones detectadas con anterioridad, sino que deberán respetarse las condiciones temporales establecidas en la norma.

 

La reforma reemplaza el esquema anterior de sanciones previsto en el artículo 15 de la Ley 25.191, que contemplaba incumplimientos vinculados con las obligaciones de información y documentación laboral rural.

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