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Regularización de activos: el 7 de mayo cierra la última etapa del régimen

Quienes aún no hayan adherido podrán hacerlo hasta esa fecha, cumpliendo con el pago adelantado obligatorio y presentando la manifestación de adhesión.

17 de Abril de 2025
Regularización de activos
Regularización de activos

Quienes aún no hayan adherido podrán hacerlo hasta esa fecha, cumpliendo con el pago adelantado obligatorio y presentando la manifestación de adhesión.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) recuerda que el próximo 7 de mayo finaliza la Etapa 3 del Régimen de Regularización de Activos, establecido por la Ley N.º 27.743.

Quienes aún no hayan adherido podrán hacerlo hasta esa fecha, cumpliendo con el pago adelantado obligatorio y presentando la manifestación de adhesión. Luego, habrá tiempo hasta el 6 de junio inclusive para presentar la declaración jurada y abonar el saldo remanente del impuesto especial.

Durante las etapas anteriores del régimen, se exteriorizaron aproximadamente USD 32.000 millones, de los cuales casi USD 10.000 millones correspondieron a bienes registrables como inmuebles y vehículos. Más de 278.000 contribuyentes ingresaron al régimen, y se declararon 267.076 cuentas, incluidas 16.290 cuentas en el exterior.

Beneficio especial en esta etapa

 

En esta última etapa, la regularización no tendrá costo cuando se declaren la totalidad de los bienes. En caso de que se supere el monto exento, se aplicará una alícuota del 15% únicamente sobre el excedente.

 

¿Cómo adherirse al régimen?

 

La manifestación de adhesión se realiza a través del servicio "Portal Régimen de Regularización de Activos – Ley 27.743", seleccionando la opción "Manifestación de Adhesión" y completando el Formulario F. 3320.

 

¿Cómo efectuar el pago adelantado?

 

El pago adelantado obligatorio se debe realizar en dólares estadounidenses desde el mismo portal, accediendo a la opción "Pago Adelantado" y generando un VEP con los siguientes códigos:

 

  • Impuesto: 1009
  • Concepto: 027
  • Subconcepto: 027

 

Declaración jurada y pago del impuesto especial

 

La presentación de la declaración jurada y el pago del impuesto de regularización deberán efectuarse hasta el 6 de junio de 2025, inclusive.

Temas:

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