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Policiales Caso Nahiara

Malvasio: "No entendemos por qué el Tribunal desechó la alevosía y ensañamiento"

"En principio no estamos conformes con la pena otorgada a Lescano y no entendemos por qué se descartaron la alevosía y ensañamiento", dijo el fiscal Malavsio a <b>Eonce TV</b> ante la pena de 16 años a la madrastra de Nahiara.

14 de Mayo de 2020

"En principio no estamos conformes con la pena otorgada a Lescano y no entendemos por qué se descartaron la alevosía y ensañamiento", dijo el fiscal Malavsio a <b>Eonce TV</b> ante la pena de 16 años a la madrastra de Nahiara.

El Tribunal sentenció a prisión perpetua a Miguel Ángel Cristo, por ser el autor material y penalmente responsable por el homicidio de su hija Nahiara, y a Yanina Soledad Lescano, la condenaron a la pena de 16 años de prisión. "No entendemos por qué el Tribunal desechó la alevosía y el ensañamiento respecto a la imputada Lescano. Para nosotros ese agravante se acreditó con certeza", refirió el fiscal, Juan Malvasio, a<b> Elonce TV.</b>

 

 

 

"En un primer término debemos destacar que el Tribunal ha acogido la acusación porque determinó que tanto Cristo (padre de Nahiara) como Lescano, son responsables y eso no es un dato menor", agregó el fiscal.

 

 

 

En relación a que el Tribunal descartó los agravantes de alevosía y ensañamiento a la imputada Lescano, Malvasio sentenció que "vamos a hacer un análisis más profundo en cuanto a la calificación legal, porque si bien el Tribunal los consideró a ambos autores del delito de Homicidio, aplicó con respecto a la imputada circunstancias extraordinarias, de estimación que están previstas únicamente para el homicidio agravado por el vinculo".

 

 

 

"<b>Nada dijo el Tribunal de por qué desechó la alevosía y el ensañamiento, que previamente cuando analizó las pruebas las tomó por acreditadas, porque en un momento el presidente del tribunal comentó que Lescano disfrutaba de las lesiones, cuando hizo referencia a un episodio en concreto respecto de una de las testigos.</b> Para nosotros el agravante de alevosía se acreditó con grado de certeza", remarcó.

 

En este sentido Malvasio detalló que "si bien en el adelanto de sentencia hubo algunos matices con respecto a la fijación sobre cuándo comenzaron las lesiones, está claro que el maltrato empezó cuando nosotros lo dijimos que fue el 17 de agosto. Hay un audio, que es una prueba objetiva que narra de que a Nahiara la dejaron abandonada y los médicos situaron la desnutrición en cinco o tres meses previos al fallecimiento. Si nosotros tomamos como punto de partida el 7 de febrero tenemos tres meses para atrás, es noviembre. Discutir si fueron 40 o 90 días antes, son matices que en nada cambia al resultado que arribó el Tribunal".

 

 

 

En relación a la pena de 16 años que se le otorgó a la madrastra, el fiscal dijo que "<b>en principio no lo comparto, porque no se dio ninguna explicación en el adelanto, nada dijo por que se desechaba la alevosía y el ensañamiento respecto la imputada Lescano. Solo se mencionó que se comunicaba la agravante por el vínculo</b>".

 

"Esperaremos saber cuales son los argumentos en la sentencia completa y seguramente vamos a recurrir en casación, porque nosotros no acusamos de manera caprichosa, sino lo que hacemos en función de los elementos que tenemos en la causa. A la instancia de casación lo dijo claramente el doctor Cullen, cuando hizo los alegatos de clausura, es decir <b>esto lo va a casar la defensa o va a casar la acusación</b>".

 

Al finalizar, dijo que que "esto termina en una instancia superior. Obviamente que nosotros a priori, no estamos conformes en cómo se desecharon dos agravantes que entendimos que lo probamos con grados de certeza. <b>Hay que esperar a la sentencia completa para ver si ahí nos dan una explicación y comprendemos que es racional. Hoy entendemos que lo que se valoró y se sentenció es contradictorio</b>".

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