Espectáculos La muerte de la periodista

Muerte de Pérez Volpin: Procesaron y embargaron al endoscopista y la anestesista

El juez Carlos Bruniard hizo lugar al pedido de la fiscalía y la querella de la familia de la periodista, que habían pedido el procesamiento de los acusados del delito de homicidio culposo.
El endocopista Diego Bialolenkier y la anestesióloga Nélida Puente fueron procesados y embargados por un $1.7 millones en la causa que investiga la muerte de la periodista y legisladora Débora Pérez Volpin.
Entre las consideraciones para tomar esta medida, el juez consideró que quedó claro que Pérez Volpin "no presentaba patologías preexistentes de causas inflamatorias, infecciosas, vasculares o neoplásticas idóneas para producir o contribuir a su muerte".

" Si bien sostuvo Bialolenkier en su descargo que el estudio endoscópico no tuvo ninguna particularidad ni dificultad y ni tuvo evidencias de perforación endoscópica en momento alguno lo que, de haber ocurrido, hubiese apreciado a través de la punta de la caña del equipo por tener ésta visión frontal del conducto u órgano, lo cierto es que los informes médicos revelaron la existencia de una solución de continuidad transmural (perforación) en el tercio superior -esófago cervical- con extensa hemorragia como signo de vitalidad de la lesión, reconociendo ésta una etiología mecánica como puede ser injuria por presión o barotrauma", sostuvo sobre el rol del endoscopista en el documento de más de 80 páginas al que accedió La Nación.
Luego agregó: "Precisamente dicha perforación fue la que permitió el pasaje de gas al mediastino generando neumomediastino, neumopericardio y neumotorax bilateral con la consiguiente sucesión de los hechos a los que me he referido. De las constancias médicas y los informes de los expertos no surge que hubiese existido en el caso otra explicación al cuadro que en definitiva presentó la víctima".

Sobre la anestesista, el juez Bruniard, sostuvo: "Surge de las constancias obrantes en autos que ésta advirtió tardíamente el cuadro que presentaba Pérez Volpin, y en el que había entrado en razón del proceder previo del endoscopista Bialolenkier; y que dicha demora y su posterior desempeño contribuyó al desenlace final luctuoso, verificándose en ese resultado tal infracción al deber de cuidado antes aludido".
"Considero que la médica, confiada en que se trataba de un estudio de rutina en el cual estadísticamente no se registran complicaciones, desatendió los signos vitales de su paciente, recostándose en el equipo que la monitoreaba", añadió el magistrado en los fundamentos y concluyó: "Es precisamente función de la médica anestesióloga no sólo la elección del método más conveniente para evitar dolor durante el procedimiento sino también velar continuamente por las condiciones físicas de paciente durante todo el tiempo que se prolongue la práctica."

El informe de la autopsia había descartado que las heridas sufridas por Pérez Volpin fueran preexistentes a la endoscopía. Lo que resta determinar es si se produjeron durante la práctica endoscópica o en la reanimación. Si fue con el uso de un elemento cortante durante el estudio diagnóstico, o por la administración de una cantidad incontrolada de aire durante la exploración. También si el accionar de los médicos durante la endoscopía se adecuó a "las buenas prácticas".
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