Una mujer que fue golpeada por un carrito de supermercado mientras bajaba por una escalera mecánica de un shopping de Buenos Aires deberá recibir una indemnización de $9,5 millones más intereses. El accidente le provocó heridas en ambas piernas y secuelas físicas y psicológicas.
El hecho ocurrió el 3 de julio de 2021, cuando la víctima descendía del tercer piso al segundo. Un carrito cargado de productos, que era trasladado por un hombre, se deslizó sin control por los escalones y la impactó en la espalda.
Según publicó TN, la Sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la indemnización y la responsabilidad de la empresa propietaria del centro comercial y de la persona que llevaba el carrito.
El impacto y la caída
En su demanda, la mujer relató que el golpe le hizo perder el equilibrio y caer hasta el final de la escalera mecánica. El carrito terminó sobre su cuerpo y varias personas que presenciaron la escena debieron ayudarla a retirarlo.
La víctima, de 75 años según la información publicada, sufrió heridas cortantes en las dos piernas. Posteriormente inició una demanda por daños y perjuicios contra el shopping y el hombre que manipulaba el carro.
Las pericias realizadas durante el proceso determinaron una incapacidad física parcial y permanente del 25,63%, con cicatrices visibles en ambas piernas. También establecieron una incapacidad psicológica del 15% como consecuencia del accidente.
La responsabilidad del centro comercial
Al analizar las pruebas, la Justicia consideró que la empresa había incumplido su obligación de garantizar la seguridad de los consumidores dentro del shopping. También atribuyó responsabilidad al hombre que perdió el control del carrito.
La compañía y la aseguradora apelaron la sentencia. Sin embargo, la Cámara mantuvo la indemnización de $9.500.000 por los daños físicos, psicológicos y morales, además de los gastos médicos contemplados en el reclamo.
Cómo se calcularán los intereses
El tribunal modificó el esquema de intereses aplicable al monto indemnizatorio. Estableció una tasa del 8% anual desde la fecha del accidente hasta la sentencia de primera instancia.
A partir de esa sentencia, dispuso la aplicación de la tasa activa del Banco Nación. De esta manera, al capital de $9,5 millones se sumarán los intereses correspondientes al tiempo transcurrido.