“La ley busca darle previsibilidad y transparencia al inquilino, es por ello que prevé un coeficiente que se compone de dos índices, Índice del Precio del Consumidor (IPC) y el otro es la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores del Estado (RIPTE)”, detalló a este medio Álvaro Gabas.
Y explicó: "Al IPC lo publica el INDEC y al RIPTE lo hace el Ministerio de Trabajo de la Nación, además 50% de cada índice conforma otro que es el Índice de Contrato de Locación y lo publica del Banco Central".
En este sentido, destacó que “en septiembre el ICL fue del 48% la actualización” y ejemplificó: “si una persona tenía un contrato de 25.000 pesos se actualiza a 37.500 pesos en septiembre y es la única actualización en el año”.
Para conocer el monto del alquiler con aumento, se debe tomar el precio actual del alquiler y dividirlo por el índice de contratos de localización del valor a la fecha de inicio del contrato y luego multiplicarlo por el índice de la fecha en la que se realizará la actualización anual.
Por su parte, Francisco Garcilazo, explicó que “recepcionamos muchas consultas sobre cómo se saca el índice y asesoramos técnicamente, atendemos uno a uno y en estos meses se está reajustando a nivel anual”.