La medida establece también devolver las actuaciones al Juzgado de origen, a efectos del dictado de una nueva sentencia, por parte de quién sea designado en un nuevo sorteo de la lista de conjueces.
El Tribunal entendió que en la sentencia de origen tuvo participación como conjuez el abogado Emanuel Capatto, quien debió excusarse por su vinculación con la co demandada Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos como aportante activo de la misma por su vínculo laboral con el Concejo Deliberante de la ciudad de Paraná.