“Si el resultado final de la votación del Jury se corresponde a lo que se anticipó periodísticamente, no se trataría de una “operación mediática”, como se señala, sino de información veraz y debidamente verificada”, aclaró. Del mismo modo, el abogado apuntó a la referencia a “declaraciones corporativas carentes de objetividad y veracidad, con relación a una denuncia aún en trámite” y planteó que “no se individualizan las corporaciones a las que se alude, es dable presumir que se refieren a declaraciones –o propuestas de declaración- emanadas de diferentes colectivos, representativos de los fiscales y de los magistrados”. “Los Sres. Vocales deberán tomar debida nota que las instituciones a que se hace mención -peyorativamente calificadas como “corporativas”- no han hecho otra cosa que cumplir con sus fines institucionales, consistentes en garantizar la independencia del Poder Judicial y evitar el uso desviado del mecanismo de remoción y sanción de jueces y fiscales”, señaló, según reprodujo Análisis. “Sería pecar de ingenuidad analizar la denuncia promovida contra el procurador General y la procuradora Adjunta aisladamente y no el contexto que le proporciona la causa a la que la misma refiere. Se trata de la investigación de una presunta organización criminal, que habría operado durante más de 10 años, en la que habrían intervenido altos funcionarios del Estado. La minuciosa y extensa remisión de la causa a juicio ilustra adecuadamente al respecto y permite así verificar la trascendencia y gravedad de los hechos imputados, realidad subyacente que resulta de ineludible análisis a la hora apreciar -con sentido de integridad y contextualidad- el enjuiciamiento al que ahora son sometidos los fiscales denunciados”, concluyó.
El abogado de Goyeneche en el jury respondió declaraciones de vocales del STJ
“Si el resultado final de la votación del Jury se corresponde a lo que se anticipó periodísticamente, no se trataría de una “operación mediática”, como se señala, sino de información veraz y debidamente verificada”, aclaró. Del mismo modo, el abogado apuntó a la referencia a “declaraciones corporativas carentes de objetividad y veracidad, con relación a una denuncia aún en trámite” y planteó que “no se individualizan las corporaciones a las que se alude, es dable presumir que se refieren a declaraciones –o propuestas de declaración- emanadas de diferentes colectivos, representativos de los fiscales y de los magistrados”. “Los Sres. Vocales deberán tomar debida nota que las instituciones a que se hace mención -peyorativamente calificadas como “corporativas”- no han hecho otra cosa que cumplir con sus fines institucionales, consistentes en garantizar la independencia del Poder Judicial y evitar el uso desviado del mecanismo de remoción y sanción de jueces y fiscales”, señaló, según reprodujo Análisis. “Sería pecar de ingenuidad analizar la denuncia promovida contra el procurador General y la procuradora Adjunta aisladamente y no el contexto que le proporciona la causa a la que la misma refiere. Se trata de la investigación de una presunta organización criminal, que habría operado durante más de 10 años, en la que habrían intervenido altos funcionarios del Estado. La minuciosa y extensa remisión de la causa a juicio ilustra adecuadamente al respecto y permite así verificar la trascendencia y gravedad de los hechos imputados, realidad subyacente que resulta de ineludible análisis a la hora apreciar -con sentido de integridad y contextualidad- el enjuiciamiento al que ahora son sometidos los fiscales denunciados”, concluyó.
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