Esta norma también alcanza a los trámites que persigan nuevas altas y/o reemplazos de móviles, "con excepción de aquellos casos en que sea por reemplazo por un modelo a incorporar de no más de tres años de antigüedad y más nuevo del que se desea reemplazar y no afecte el actual promedio de antigüedad de flota de cada empresa".
La iniciativa surge de la necesidad por parte de la Dirección de Trasporte Urbano y de la Secretaría de Servicios Públicos de la Municipalidad de determinar la situación de las prestadoras de servicio de remis en la ciudad capital.
Por ello, en su artículo 2º el Decreto Nº 2052 instruye a la Secretaria para que a través de la Dirección, "se realice una actualización del informe de situación de las actuales empresas que se encuentran prestando servicios, dentro de los siguientes 30 días de la puesta en vigencia de la presente normativa".
Por último, advierte que la medida podrá ser renovada "por idéntico periodo" por parte del Ejecutivo municipal. (APF)