Institucionales

Aldea San Antonio decretó el uso obligatorio de tapabocas

Se estableció el uso obligatorio de tapabocas, barbijo o mascarilla facial en lugares cerrados como oficinas públicas, locales comerciales, peluquerías, farmacias, ferreterías, supermercados y todo espacio público.
A través del Decreto N° 164/2020, se estableció el uso obligatorio de tapabocas, barbijo o mascarilla facial en lugares cerrados como oficinas públicas, locales comerciales, peluquerías, farmacias, ferreterías, supermercados y todo espacio de acceso público

La medida apunta a establecer criterios de cuidado, higiene y prevención frente al contagio del Covid-19.

Cada comerciante o persona a cargo del lugar deberá utilizarlo, además de exigir a los clientes el ingreso con la protección antes mencionada.

El fundamento de esta decisión es la demostración de que si todas las personas al salir de su hogar tapan su boca, nariz y mentón, mantienen el distanciamiento social y las medidas de higiene, se pueden evitar los contagios de Coronavirus.

El tapabocas debe ser de un material que permita la respiración cómodamente y al mismo tiempo actúe de barrera para que las gotitas de tos o de estornudo traspasen en menor cantidad la tela.

Es importante que:

- Se ajusten bien pero cómodamente contra el puente nasal y el costado de la cara

- Estén asegurados con lazos o elásticos para las orejas

- Incluyan múltiples capas de tela (al menos 2)

- Permitan la respiración sin restricciones

- Se puedan lavar y secar sin daños o sin modificar su forma.
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