Sociedad Fallo en Tucumán

Condenaron a una prepaga a pagar casi $20 millones por dar de baja a un paciente con un tumor cerebral

El joven tenía un tumor cerebral y se enteró al llegar a Buenos Aires de que ya no contaba con cobertura para las 26 sesiones indicadas. Su familia afrontó los gastos y la Justicia consideró que la empresa no justificó la baja.

6 de Noviembre de 2026
(Imagen Ilustrativa).

Un joven que necesitaba tratar un tumor cerebral viajó desde el norte del país a la Ciudad de Buenos Aires para iniciar 26 sesiones de radioterapia. Al llegar, se enteró de que su prepaga había cancelado su afiliación. La Justicia de Tucumán consideró injustificada la baja y condenó a la empresa a pagarle casi $20 millones más intereses.

 

El paciente había contratado la cobertura en 2020, durante la pandemia, mediante un trámite por WhatsApp. En marzo de 2023, tras sufrir fuertes dolores de cabeza, se sometió a estudios que detectaron el tumor.

 

 

Los médicos lo operaron de urgencia en dos oportunidades y lograron extraer alrededor del 85% del tumor. Para tratar la parte restante, le indicaron radioterapia en un centro médico vinculado al Hospital Italiano de Buenos Aires.

 

Cómo se enteró de que ya no tenía cobertura

 

El 17 de abril de 2023, cuando el joven ya había viajado con su familia, el centro médico lo llamó para informarle que había problemas con la autorización de las sesiones. Su padre se comunicó con la prepaga y allí le confirmaron que habían cancelado la afiliación.

 

Al día siguiente, la familia recibió una carta documento en la que la empresa atribuyó la baja a una supuesta enfermedad preexistente no declarada. Ante la urgencia del tratamiento, los familiares recurrieron a sus ahorros y a préstamos para pagar las sesiones.

 

 

Tras completar la radioterapia, el joven presentó un amparo ante la Justicia Federal. En octubre de 2023 obtuvo una sentencia que ordenó su reincorporación definitiva y la cobertura integral de las prestaciones que necesitaba, sin recargos por enfermedades preexistentes.

 

Por qué la Justicia consideró injustificada la baja

 

La prepaga sostuvo que el paciente había omitido un antecedente al contratar el servicio. Según la defensa de la empresa, el joven había sido operado durante la infancia por el síndrome de Arnold-Chiari.

 

El tribunal señaló que la compañía no presentó una declaración jurada firmada que acreditara la supuesta omisión. Tampoco demostró que hubiera informado todas las condiciones de contratación durante la afiliación virtual.

Los informes médicos indicaron que la afección de la infancia no estaba relacionada con el tumor cerebral. El juez también tuvo en cuenta que la baja se produjo cuando el paciente necesitaba atención urgente y consideró que la empresa incumplió sus obligaciones de información y trato digno.

 

Qué incluye la indemnización de casi $20 millones

 

En el juicio por daños y perjuicios, la Justicia ordenó reintegrar los gastos médicos que afrontó la familia. También reconoció una indemnización por el daño moral que provocaron la angustia y la incertidumbre en medio del tratamiento.

La sentencia incluyó un daño punitivo, una multa civil destinada a sancionar la conducta de la empresa. El monto de ese rubro equivale a diez canastas básicas totales del hogar tipo 3 que publica el INDEC.

 

El tribunal también impuso a la prepaga las costas del juicio. Las sumas fijadas, más los intereses, deberán abonarse dentro de los diez días posteriores a que la resolución quede firme.

Indemnización prepaga