El bono de empleados de comercio anunciado recientemente ya comenzó a aplicarse junto con las escalas salariales vigentes del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75, tras el acuerdo paritario firmado el 26 de marzo de 2026 entre FAECYS y las cámaras empresarias del sector. Este acuerdo incluye un aumento del 5% sobre las remuneraciones básicas, escalonado entre abril y junio, además de sumas no remunerativas que impactarán directamente en el salario y el aguinaldo del mes de junio.
El incremento remunerativo se aplicará de la siguiente manera: 2% desde abril, 1,5% desde mayo y 1,5% desde junio, tomando como base los básicos de marzo 2026 más las sumas no remunerativas vigentes a esa fecha, que ascienden a $100.000. Este aumento, junto con el bono, busca garantizar una mejora real en los ingresos de los trabajadores del sector.
Escalas salariales y sumas no remunerativas
Además del incremento porcentual, el acuerdo contempla la prórroga y actualización de las sumas no remunerativas. Se mantienen los $40.000 y $60.000 mensuales hasta junio 2026, y se adiciona un bono empleados de comercio de $20.000 para los meses de abril, mayo y junio de 2026. Estas sumas no remunerativas se extinguen mes a mes, excepto los $100.000 de junio que se incorporarán a los básicos en julio.
Estas sumas no remunerativas se reflejarán en los recibos de sueldo bajo los conceptos “Incremento No Remunerativo-Acuerdo Abril 2026” y “Recomposición No Remunerativo-Acuerdo Abril 2026”, y si bien no generan aportes al sistema de seguridad social, sí son consideradas para el cálculo de presentismo, antigüedad, horas extras, indemnizaciones y aguinaldo.
Impacto en el aguinaldo de junio
El bono empleados de comercio tendrá incidencia directa en el cálculo del Sueldo Anual Complementario (SAC) de junio 2026, dado que las sumas no remunerativas se toman en cuenta para este concepto según lo establecido por el CCT 130/75. Esto significa que los trabajadores recibirán un aguinaldo superior al de semestres anteriores, sumando al incremento escalonado de los básicos y las sumas no remunerativas vigentes, señaló Iprofesional.
Asimismo, los empleadores deberán realizar aportes adicionales a OSECAC, garantizando la continuidad del sistema solidario de salud para los empleados del sector. Esta contribución solidaria no afecta directamente al salario neto de los trabajadores, pero es un componente clave del acuerdo paritario que fortalece los derechos y beneficios sociales de los empleados de comercio.