También se adhiere al decreto Nº 833/2020 del Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, sancionado en fecha 11/06/2020 y autorizar las actividades náuticas, deportivas y/o recreativas ? no competitivas -, con uso de embarcaciones a motor, conforme el Protocolo de "Actuación para la Prevención y Control del Covid-19" hasta el horario de las 20:00 horas y a las Recomendaciones del COES local.
Se autoriza a los establecimientos la apertura de los sectores donde se realicen las actividades autorizadas debiendo COMUNICARLO de modo PREVIO a la Dirección de Cultura de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, sita en calle 25 de Mayo Nº 734 o vía correo electrónico a la dirección cultura@gualeguaychu.gov.ar.
El Comité de Emergencia Sanitaria Provincial (COES) podrá suspender habilitaciones conferidas por los municipios o comunas por acto debidamente fundado en razones sanitarias.