Sociedad Tiene media sanción

Agroquímicos: "Si sancionan el proyecto, se planteará la inconstitucionalidad"

El abogado que representa a un matrimonio y sus dos hijos menores, que recientemente resultaron gravemente afectados por la fumigación, se mostró en contra de una posible aprobación del proyecto, que ya tiene media sanción en Senado.
El abogado de Rosario del Tala, Lucio Hernán Salisky, que representa a un matrimonio y sus dos hijos menores que recientemente resultaron gravemente afectados por una fumigación, explicó a Radio Máxima que, en el caso de que la Cámara de Diputados de Entre Ríos aprobara el proyecto de ley sobre agroquímicos, "habrá que pensar en plantear su inconstitucionalidad". Dicha iniciativa ya cuenta con media sanción del Senado provincial.

Salisky, explicó que "sobre el 28 de noviembre del año pasado, el vecino lindero a 700 metros de distancia del tambo donde residen Eduardo Javier Holstein, su esposa Silvana Andrea Silguero y dos hijos del matrimonio ambos menores de edad, en la zona de Altamirano Norte, realizó una fumigación terrestre, en medio de una situación climática adversa ya que ese día soplaban vientos de tormenta. A los pocos días, los cuatro, comenzaron a sentir problemas respiratorios, para hablar, también inconvenientes en la vista, a lo que se sumó un cuadro febril muy importante. El 2 de diciembre fueron internados en el Hospital Falucho de Maciá, donde el médico de turno Jorge Rubatino, diagnosticó que padecían una intoxicación muy severa por exposición a agrotóxicos. Posteriormente toda la familia fue derivada al Hospital Santa Rosa de Gualeguay donde permanecieron internados hasta el 9 de diciembre del año pasado".

Según Salisky, "la denuncia penal fue inmediatamente presentada el mismo día de la fumigación por el señor Holstein en sede policial y actualmente hay una causa penal abierta que está a cargo de la Fiscalía de Rosario de Tala. Tras recibir el alta médica, Holstein me comunicó su preocupación por futuras fumigaciones, ya que ésta no había sido la primera vez que habían resultado afectados. Entonces se decidió presentar un Amparo Ambiental contra el propietario o arrendatario del campo lindero, la empresa fumigadora de Santa Fe, Celestino Spahn S.A. y a un aplicador autorizado, que fue contratado para hacer el trabajo, que es de Villaguay".

De acuerdo a lo que manifestó el abogado Salisky, durante la tramitación del amparo los demandados no pudieron acreditar que hubieran avisado con 48 horas de antelación que iban a realizar la aplicación, no poseían la receta agronómica y tampoco había un profesional técnico mientras se realizaba la fumigación, como marca la normativa vigente. El Juez Lautaro Caballero resolvió hacer lugar a nuestro amparo ordenando a los demandados no solo el cumplimiento estricto de la reglamentación en esta materia para futuras fumigaciones, también no fumigar con vientos superiores a 12 kilómetros, no utilizar cantidades superiores de producto a las recomendadas, no utilizar dos o más sustancias químicas ya que en este caso se mezcló glifosato con 2-4D. Esta resolución fue apelada por lo que ahora estamos a la espera de lo que resuelva la Sala Constitucional y Penal del Superior Tribunal de Justicia de la provincia".

Salisky expresó que "el marco normativo sobre esta temática hay que buscarlo en el artículo 41 de la Constitución Nacional, que establece el derecho de todos los habitantes de la Nación Argentina, incluidos los entrerrianos, a residir en un ambiente sano. Pero no solo la Constitución dice esto. También determina que se debe preservar el derecho a la salud de la población tanto en las acciones presentes como en las futuras. Por otra parte, la Ley General del Ambiente establece presupuestos mínimos a los que las provincias deben atenerse y que tienen carácter preventorio y precautorio".
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