Es que recién las condenas fueron impuestas y a partir de abril próximo, cuando el Tribunal Oral Federal 4 dé a conocer los fundamentos, es que las partes pueden apelar a la Cámara Federal de Casación Penal.
Las defensas, las querellas y la fiscalía incluso pueden apelar y los planteos serán analizados por la Sala IV de Casación, que actualmente integran los jueces Mariano Borinsky, Ángela Ledesma y Javier Carbajo.
Los jueces de Casación no tienen plazo establecido para definir, pero tratándose de una causa compleja, y con una gran cantidad de acusados es que el eventual fallo de dicho tribunal saldría no antes de los dos o tres años.
Ahora bien, de confirmar las penas, la condena aún seguiría sin estar firme y ahí se abren varios interrogantes.
Anteriormente, las penas se ejecutaban cuando la Casación rechazaba los recursos extraordinarios de las defensas que apelaban a la Corte Suprema de Justicia.
Esto es, que si la Casación confirmaba las condenas y las defensas apelaban, de ser rechazada esta última, las penas se hacían efectivas más allá que a las defensas les quedaba el recurso de queja para ir a la Corte, ya que éste no tiene efecto suspensivo.
Pero recientemente, la Comisión Bicameral del Congreso dedicada al seguimiento del Código Procesal Penal estableció que las penas se cumplen cuando quedan firmes y eso se da cuando termina fallando la Corte Suprema de Justicia.
Con lo cual, la discusión es si las penas se cumplen cuando Casación rechaza los recursos extraordinarios o bien cuando termina fallando la Corte Suprema de Justicia.
En esta última situación, la ejecución de las condenas demandaría mucho más tiempo.