Política Resuelto por unanimidad

La Corte Suprema ordenó que Milagro Sala cumpla la prisión preventiva en su casa

La Corte Suprema de la Nación decidió por unanimidad confirmar la prisión preventiva de Milagro Sala en prisión domiciliaria, como indicaba la sentencia de la CIDH. Ahora, la Justicia de Jujuy deberá disponer el traslado.
Por unanimidad, la Corte Suprema rechazó que Milagro Sala posea inmunidad de arresto como parlamentaria del Mercosur, al tiempo que ordenó que se cumpla con el fallo de la CIDH y se otorgue la prisión domiciliaria.
Entre los argumentos, el máximo órgano de Justicia consideró, en primer término, que la inmunidad prevista por la normativa del Mercosur frente a la jurisdicción de todos los Estados Partes "se encuentra claramente circunscripta a la de juzgamiento civil o penal por las opiniones y votos emitidos en el ejercicio de sus funciones".
Con base en la misma normativa regional, señaló que la "inmunidad de arresto" pretendida sólo fue otorgada a los legisladores del Parlasur en el Estado sede del Parlamento, es decir, en el territorio de la República Oriental del Uruguay.
Además, consideró que no estaba afectada en el caso su "libertad de circulación" o "libertad de desplazamiento" por cuanto, al momento de ser citada por el Parlamento del Mercosur como parlamentaria electa, ya se encontraba previamente detenida en el marco de un proceso penal cuyo objeto resulta por completo ajeno a la labor parlamentaria.
En segundo término, el Tribunal señaló que, de acuerdo con nuestro diseño constitucional, las inmunidades de proceso y de arresto son excepcionales y no pueden extenderse a supuestos que no fueron previstos en la Constitución Nacional.
Por esta razón, declaró inconstitucional el artículo 16 de la ley 27.120, invocado por la defensa de Sala, en la medida en que asimila a los parlamentarios del Mercosur, que representen a la ciudadanía argentina, a los diputados nacionales en materia de inmunidades parlamentarias.
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