Policiales Sentencia del Juzgado de Colón

Condenaron a dos abogados por patrocinar 17 juicios laborales "truchos"

Los letrados Juan Manuel Franquelli y José Luis Franquelli fueron condenados a penas de prisión condicional y también, fueron inhabilitados para el ejercicio profesional por un año. La maniobra y la documentación que falsificaban.
El Juzgado de Garantías de Colón dictó una sentencia en una causa en la que, entre otros, habían sido imputados los abogados sanjosesinos Juan Manuel Franquelli y José Luis Franquelli. A ambos se les atribuyó haber patrocinado demandas laborales "truchas", en total 17. La mayoría de los patrocinados fueron obreros de un frigorífico y muchos obtuvieron una sentencia favorable. Finalmente, la maniobra de los abogados fue descubierta.
Daños y perjuicios
Al abogado Juan Manuel Franquelli se le atribuyeron en la causa correspondiente la comisión de diversos hechos (17) de naturaleza delictiva. Así, haber patrocinado a Adrián Edgardo Báez, en una demanda laboral iniciada ante los tribunales competentes en el año 2012 contra Liberty ART S.A. en reclamo por los daños y perjuicios sufridos por un accidente de trabajo supuestamente padecido en el 2010, cuando desempeñaba tareas como empleado de la Empresa Concreta S.A., en la construcción de la Autovía Nacional Nº 14.
Documentación falsa
A tal fin hicieron uso de documentación falsa que acompañaron como prueba, como historia clínica, electrocardiograma copia simple de Informe de Resonancia Magnética Nuclear, placa radiográfica que no corresponde al actor, e Informe Médico confeccionado por un profesional.
Cabe agregar que al contestar la demanda el abogado representante de la ART demandada reconoce expresamente la autenticidad de la documentación falsa antes detallada, en función de la cual y de una pericia realizada, se admite por el Juez a cargo el trámite de esa demanda.
Los casos
La misma operatoria se repite en diecisiete casos con el mismo patrocinio letrado, promovidos por Jorge Raúl Nerón, Héctor Adalberto Monzón, Carlos Ariel Morales, María Ramona Rodríguez, Humberto Delaloye, Oscar Alfredo Voeffray, José Ramón Ventos, Milton Carlos Lubo, Miguel Ángel García, Matías Sebastián Danilo Pannuccio Pelato, Eduardo Ociel Canali, Luis Oscar Núñez, Luis María Bourlot, María Rosa Noir, la mayoría de ellos, obreros del frigorífico que fuera de Vizental, cubiertos con seguro contra riesgos de trabajo en MAPFRE ARGENTINA ART S.A., empresa que contó en la mayoría de los casos con el apoderamiento del abogado Alberto Méndez.

Cabe agregar que todas las demandas en conjunto constituyen un monto muchísimas veces millonario y que en algunos casos, terminaron con condena y percepción de lo condenado y acordado y en otros, la demanda dio lugar a un trámite que quedó trunco con la iniciación de una investigación penal.
Cómo descubrieron la maniobra
Esa compleja maniobra delictiva quedó al descubierto por una inspección realizada por los Vocales de la Sala en lo Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos en 2014, la que dio lugar a la investigación que viene culminando en una seguidilla de juicios abreviados, alguno de ellos, ya finiquitados con anterioridad al que ahora nos ocupa, publicó ElEntreRíos.
Debe agregarse que en el marco de la maniobra aludida, según resulta de la sentencia, los abogados Franquelli, mediante engaño indujeron, a los que eran reclamantes en el juicio laboral a designar en sede penal como abogado defensor al abogado Carlos Almeyra.
Los delitos materia de condena
El comportamiento de los nombrados letrados, por ellos mismos, reconocido como cierto en todos sus detalles en el acuerdo de juicio por tramite abreviado, según la sentencia recaída encuadra en la figura de los delitos de estafa procesal y de estafa procesal en grado de tentativa reiterada, que concurren realmente entre sí con el delito de prevaricato.
Las condenas establecidas
En la sentencia dictada en función del acuerdo arribado en juicio abreviado en sede fiscal, se lo condena a Juan Manuel Franquelli a cumplir una pena de dos años de prisión de cumplimiento condicional, un año de inhabilitación especial para ejercer la abogacía en el territorio nacional y la suma de $5000 en concepto de multa.
A ello se agrega como "regla de conducta" a cumplir por el término de dos años fijar domicilio que no podrá variar sin autorización de este juzgado y brindar seis charlas sobre fraude laboral y ética en el ejercicio de la abogacía en la escuela de El Brillante.

A su vez, en el caso de José Luis Franquelli a una pena de seis meses de prisión de cumplimiento condicional y ocho meses de inhabilitación especial para ejercer la abogacía, multa de $5000 y reglas de conductas idénticas a las de su abogado hermano.
A modo de síntesis: nos encontramos ante un esquema delictivo en que las víctimas han resultado las sociedades de riesgo de trabajo, y cuya implementación no hubiera sido posible sin la connivencia de los abogados de ambas partes; o sea, de la parte actora y de la parte demandada, del consentimiento de los actores y, cuando menos, del quehacer negligente del perito médico forense.
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