Los magistrados rechazaron el recurso interpuesto por la defensa, a cargo de los Dres. Matías Argüello De la Vega y Hugo Gemelli, que invocaron una supuesta ausencia de motivación suficiente y arbitrariedad por aparente fundamentación, y arbitrariedad por ilógica, sesgada y parcial valoración de la prueba.
Luego de la audiencia en la que la Defensa expuso sus argumentos de impugnación, que fueron rechazados por los abogados querellantes, Dres. Raúl Barrandeguy y Candelario Pérez, y el Procurador General, Dr. Jorge García, el Tribunal dio a conocer esta mañana su decisión de confirmar la sentencia condenatoria del 4 de julio de 2016. En esa fecha, el Tribunal de Juicios y Apelaciones de la ciudad de Paraná, integrado por los Dres. Miguel Ángel Giorgio, Elvio Garzón y José María Chemez resolvió "declarar autor material y penalmente responsable del delito de Homicidio Doblemente Agravado por el vínculo y por ejecutarse en un contexto de violencia de género arts. 79 y 80 incs. 1 y 11 del Cód. Penal", al imputado Actis, y, "en consecuencia, condenarlo a la pena de prisión perpetua con más las accesorias legales del art. 12 del Cód. Penal".
A Actis se le imputó que "en fecha 18 de mayo de 2014, entre las 12:05 y 15:05 horas, en la vivienda ubicada en calle Maestro Alberdino Nº 80" de Paraná dio muerte a su pareja María Agustina Turano, "con quien compartía ese domicilio desde hacía aproximadamente un año al día mencionado".
La Cámara de Casación consideró, entre otras aspectos, que el Tribunal de Juicio "reconstruyó el hecho y la intervención del imputado mediante la compulsa completa de todas las pruebas que se produjeron en el debate y, al contrario de lo que sugiere la Defensa, se hizo cargo de todos los puntos controvertidos, especialmente de aquellos que se fueron suscitando al compás de las explicaciones de los peritos forenses durante la audiencia de Debate".
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