La nueva norma autoriza a todas las personas que residan en Pueblo Belgrano a realizar actividades de esparcimiento como: caminata, pedestrismo, trote y/o running responsable y ciclismo responsable, dentro del ejido y respetando determinadas conductas, entre las que detalla el horario diurno (8:00 a 19:00) con recomendación de 60 minutos de actividad y la importancia del distanciamiento anterior, posterior y lateral con otras personas que se encuentren circulando.
El texto puntualiza que las salidas deben realizarse en forma individual o en pareja en el caso de convivientes. En tanto que los menores de 12 años pueden circular acompañados por un adulto. Además, explicita que continúa prohibida la utilización de juegos infantiles y aparatos de gimnasia en parques, plazas y similares, como así también los bancos destinados a descanso.
Hay un apartado especial para las actividades de entrenamiento individual y/o ciclismo de competición, las que podrán realizarse en caminos vecinales, quedando restringidas para ello las rutas Nº 136 y 42. Además, indica que los ciclistas deberán portar DNI.
El texto recomienda el uso de elementos de bioseguridad, como el tapabocas, y la hidratación individual y hace un llamado a la comunidad para mantener limpios los espacios y no arrojar desechos personales en la vía pública.
"En caso de detectarse algún incumplimiento a lo dispuesto, se labrará acta de infracción y se aplicarán sanciones establecidas por el Código de Faltas Municipal", determina.