Este espacio deberá desarrollarse como mínimo dos días por cada mes, los cuales deberán ser sábados y/o domingos y/o feriados. El Departamento Ejecutivo Municipal, en virtud de la evolución de esta iniciativa, queda facultado para ampliar esa cantidad de días. En tanto, como locación se fijó al anfiteatro y/o la Plaza Moreno, según la cantidad de productores/agricultores participantes y la demanda.
El mercado se constituirá de puestos con el formato de stand y deberán: 1) Brindar protección a los alimentos orgánicos ofrecidos. 2) Ser colocados por los productores/agricultores y ser aprobados por las áreas de Ambiente y Bromatología de la municipalidad. 3) Contar con recipiente de residuos de material plástico o inoxidable con tapa. La municipalidad proveerá de contenedores para desechos orgánicos en cantidad necesaria durante el funcionamiento del mercado.
Queda prohibida la venta de productos distintos a los solicitados y/o autorizados al inscribirse en la municipalidad y, especialmente, de productos o alimentos que no sean orgánicos. Asimismo, se instituye la obligación de los productores/agricultores de disponer de los elementos de pesas y medidas correspondientes, supo El Entre Ríos.
Un impulso a la agricultura familiar
Entre los considerandos de la ordenanza 1938, se menciona que "la ley nacional 27.118 declara de interés público la agricultura familiar por su contribución a la seguridad y soberanía alimentaria del pueblo, por practicar y promover sistemas de vida y de producción que preservan la biodiversidad y procesos sostenibles de transformación productiva".A su vez, que esta legislación establece dentro de sus objetivos: "fomentar la conservación de la biodiversidad y el mejoramiento de la calidad de los recursos naturales, mediante su aprovechamiento sustentable; promover el desarrollo de los territorios rurales de todo el país, reconociendo y consolidando a la agricultura familiar como sujeto social protagónico del espacio rural".
Que en este marco, y con el objetivo de concientizar y promover prácticas alimentarias saludables, es oportuno "impulsar la producción y consumo de productos orgánicos y regionales elaborados en el ámbito local, los cuales, en su mayoría, son producciones de tipo familiar".
Otro punto de los argumentos recuerda que producto orgánico, alimento orgánico, alimento ecológico o alimento biológico "es el producto agrícola o agroindustrial que se produce bajo un conjunto de procedimientos denominados ecológicos". En general, los métodos ecológicos "evitan el uso de productos sintéticos, como pesticidas, herbicidas y fertilizantes artificiales".
Otras aprobaciones
Ordenanza 1937: oficializando con el nombre de "Centro Comunitario Pancho Ramírez" al salón de usos múltiples ubicado en Plazoleta La Delfina.Resolución 904: solicitando la instalación de cartelería en los ingresos a la ciudad que indique dónde se ubica la oficina del Área de Turismo.
Decreto 662: declarando de interés el 2° Congreso "Misterios de Entre Ríos", a llevarse a cabo los días 6 y 7 de junio.
Proyectos
-De decreto, presentado por Alejandra Barboza de Cambiemos, declarando de interés un espacio radial. Destinado a la Comisión de Asuntos Generales.-De ordenanza, presentado por la concejal Barboza, requiriendo la señalización de sendas peatonales en zonas de alto tránsito. Destinado a las tres comisiones.
-De ordenanza, presentado por Barboza, imponiendo que anualmente se realicen campañas de educación de conservación de árboles. Destinado a la Comisión de Asuntos Generales.
-De ordenanza, presentado por Ariel Kreiman y José María Holzmann de Juntos por Villa Elisa de Cambiemos, creando la cuenta "Dividendos Acciones de Termas", afectando esos fondos al turismo, compra de nuevas acciones, innovación tecnológica y/o adquisición de maquinarias. Destinado a las tres comisiones.