La medida dictada por el magistrado impide el corte del suministro de gas a la empresa Estación de Servicios Laurencena SRL mientras se tramita el amparo, ya que la proveedora de GNC había advertido que a partir de la hora cero del sábado estaba en condiciones de interrumpir la provisión a las dos estaciones de servicio.
Según pudo saber EL DIARIO, el juez Ríos hizo lugar a la medida cautelar que había solicitado la empresa. La medida está motivada en la necesidad de preservar las fuentes de trabajo, ante el riesgo que podría significar para las familias de trabajadores la pérdida de la fuente de subsistencia en caso de que se instrumente el corte del suministro por falta de pago.
La medida dispuesta por el juez Ríos prevé que la empresa Redengas SA debe abstenerse de realizar cortes en el suministro a la estación de servicios, aun cuando ésta no abone la factura del mes de mayo.