Asimismo, se permitirá sumar ingresos con cónyuge o conviviente, sin límite en el monto máximo a solicitar. Por otra parte, para la compra de vivienda única y permanente, se financiará hasta el 80% del valor de tasación del inmueble, y para la compra de vivienda no permanente, hasta el 70% del valor de tasación.
En cuanto a la ampliación, se podrá financiar hasta el 100% del valor de obra restante según presupuesto de obra, sin superar el 35% del valor actual de la garantía. Igualmente, para la refacción de vivienda, se financiará hasta el 100% del valor del presupuesto de obra sin superar el 25% del valor actual de la garantía.
Además, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) establece que si la cuota supera en un 10% el valor ajustado por el Coeficiente de Variación de Salarios (CVS), el plazo del préstamo se extenderá hasta un 25%. La cuota se ajustará por CER, y el monto se determinará según el valor de las UVAs al momento de la liquidación del préstamo. El préstamo se desembolsará en pesos en la Caja de Ahorro de Banco del Sol, y los gastos de tasación y escritura estarán a cargo del cliente.