En el artículo 2º, se dispone que “el coeficiente de ocupación de las superficies cerradas y los espacios cerrados de cines, teatros, centros culturales y otros establecimientos afines se reduce a un máximo del 30 por ciento del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada, debiendo estar adecuadamente.
Finalmente, en su artículo 3º, la resolución Nº 1262, indica que las actividades culturales “podrán desarrollarse entre las 6 y 23 hs de cada día, a excepción de las que se lleven a cabo en paseos públicos, que tendrán la limitante de las 20”.
Medidas en Entre Ríos: las disposiciones para las actividades culturales by ELONCE Paraná on Scribd