Sociedad Ya cursa estudios universitarios

Fallo reconoció derechos a la educación a adolescente con altas capacidades

La Justicia resolvió que una chica de 15 años superdotada no deberá cursar, ni rendir los contenidos exigidos en Argentina para el ciclo secundario, ya que acreditó cumplir esa etapa en EE.UU. La joven ya cursa estudios universitarios.
La Sala III de la Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil y Comercial, integrada por Andrés Manuel Marfil, Valentina Ramírez Amable y Virgilio Alejandro Galanti, resolvió que una adolescente de 15 años superdotada no deberá cursar, ni rendir libres los contenidos exigidos en Argentina para el ciclo secundario, debido a que acreditó haber cumplido esa etapa al obtener un título secundario en Estados Unidos. También exhortó al Consejo General de Educación (CGE) de Entre Ríos a contemplar los casos de niños, niñas y adolescentes con superdotación que no encuentren un marco académico que los contenga adecuadamente.
Estudios a distancia
La menor debió enfrentar problemas de integración en diversos establecimientos a los que asistió, por lo que finalmente optó por culminar el ciclo secundario, en la modalidad a distancia en un establecimiento norteamericano.
El caso se generó a partir de un pedido del Defensor Público, a instancia del CGE, quien pidió que se declare la obligatoriedad de la educación secundaria presencial de la chica superdotada en una institución educativa estatal y su inclusión en un espacio terapéutico a los fines de promover su sociabilización.
Espacio terapéutico
La sentencia de primera instancia rechazó ese pedido en esos términos, pero ordenó al Consejo General de Educación que arbitre los medios, procesos y turnos necesarios para que la menor pueda culminar sus estudios secundarios, sin asistencia obligatoria, rindiendo libres la totalidad de las materias de los años pendientes y se sugirió a su progenitora el acompañamiento y orientación de su hija, para la incursión y sostenimiento de un espacio terapéutico. La resolución fue apelada.
Validez del título
La Sala III admitió el recurso y dio validez al título obtenido por la joven en Estados Unidos, porque estaba reconocido por el Ministerio de Educación de la Nación y era habilitante para su ingreso en la Universidad Nacional del Litoral (UNL), donde hoy cursa sus estudios.
En calidad de terceros interesados fueron citados el Consejo General de Educación y el Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (Copnaf), aunque intervino sólo el primero.
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