Policiales Mendoza

Liberaron a Julieta Silva: cumplió los dos tercios de la condena

A dos años y 6 meses del fatídico hecho en el que perdiera la vida Genaro Fortunato, de 25 años, Julieta Silva recuperó la libertad tras cumplir los dos tercios de la condena que purga por la muerte del joven rugbier mendocino.
La justicia ordenó la condicional porque ya cumplió con los tercios de la condena por la muerte de Genaro Fortunato.

La mujer deberá cumplir cuarentena que rige en todo el país en su casa de la localidad mendocina de San Rafael, donde viven sus hijos.

En la mañana de este miércoles, la jueza María Vera dictó la libertad condicional, en una audiencia ?por videoconferencia- realizada a pedido de Alejandro Cazabán, el defensor de Silva.

La jueza Vera la notificó que debe cumplir con la cuarentena en su casa. Además ordenó que no puede viajar a San Luis, donde vive su padre, ni tampoco al exterior. También debe presentarse, tras el aislamiento obligatorio al Patronato de Liberados para que se le indiquen cada cuánto tiempo debe presentarse a firmar.

Hasta hoy, Silva se encontraba alojada en el pabellón femenino de la cárcel de San Rafael, luego de que en noviembre pasado su condena quedara firme. Tras el accidente, había pasado un mes encarcelada pero un cambio de calificación la llevo a cumplir prisión domiciliaria.

En febrero pasado, la misma jueza le había negado el beneficio de salidas transitorias y también la prisión domiciliaria. La magistrada no aceptó el pedido de Cazabán, quien argumentó la necesidad de los hijos de retomar el vínculo con la madre. Vera sostuvo que no se cumplían los plazos procesales para la excarcelación y ni las condiciones para un arresto domiciliario.

El 11 de marzo pasado, Silva cumplió con los dos tercios de la pena de 3 años y 3 meses de prisión por el delito de homicidio culposo agravado que, en septiembre de 2019, dictó el Tribunal Penal Colegiado N° 1 de San Rafael.

Así, los dos tercios de condena cumplida la habilitan para pedir la libertad, tal como lo establece la Ley de Ejecución Penal, que le permita comenzar con un proceso de reinserción social.
El polémico caso
El 9 de septiembre de 2017, en la puerta de "Mona Bar" de San Rafael, Silva atropelló a Fortunato. Las primeras versiones del hecho indicaban que la mujer lo había arrollado y luego había hecho una "U" para embestirlo nuevamente. Obviamente, el caso explotó en los medios de todo el país.

Días más tarde la fiscal Andrea Rossi detuvo e imputó a Julieta por una figura penal gravísima que luego se caería: "homicidio doblemente calificado por el vínculo de pareja y su comisión por alevosía y en concurso ideal".



Luego la Justicia determinó que fue un homicidio culposo, que no eran pareja sino que sólo mantenían un romance y que no hubo alevosía.
Desde el minuto cero, el caso fue polémico. Pero para los jueces que la condenaron -según consta en los fundamentos de la sentencia- esto es lo que pasó la fatídica noche: Julieta y Genaro ("que estaban viviendo un romance") salieron de Mona Bar "alcoholizados". Ella con 0,98 gramos de alcohol por litro de sangre; él con 1.80 gramos.

Abrazados, se dirigieron al Fiat Idea que ella había estacionado cerca del boliche. Al llegar al vehículo discutieron brevemente por una situación vivida dentro del local.

Ella decidió irse sola. "Alcoholizada, sin colocarse los anteojos para corregir su astigmatismo y pese a tener los vidrios empañados", empezó a manejar.

Con Genaro junto a la ventanilla tocándole el vidrio, ella se fue hacia el Sur, mientras el joven corría a su lado durante unos 5 metros, hasta caer al piso desplomado.

Su cuerpo quedó acostado sobre el carril Oeste de la calzada, boca abajo, posición en la que quedó "probablemente a causa del golpe sufrido y el grave estado de alcoholización".
Sin lentes, alcoholizada, con la visibilidad reducida por la nocturnidad y el alumbrado público defectuoso, con llovizna y niebla, con la calzada mojada, con los vidrios polarizados y empañados, Julieta se volvió a buscar a Genaro "por algún motivo" que no se pudo aclarar.

"Sin prestar atención suficiente, mirando hacia otro lado, buscando a Genaro en el lado izquierdo", su conducta le impidió ver el cuerpo del joven que yacía aún en el piso.

"Sin activar el freno ni realizar acción evasiva alguna, lo alcanzó a una velocidad de entre 27,5 y 30 kilómetros por hora, arrollándolo y dejando su cuerpo alrededor de 3,30 metros, causando su muerte de manera inmediata por aplastamiento de cráneo", según el fallo de primera instancia.

Fuente: Los Andes.
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