Economía AFIP estableció el cronograma

Cómo hacer la factura electrónica desde la web y desde cuándo es obligatoria

Todos los monotributistas deberán emitir facturas en la web dejando de respaldo solamente las tradicionales del papel. La AFIP estableció el cronograma. La categoría "E" arranca en dos meses. El paso a paso.
La Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que, a partir de octubre, todos los monotributistas deberán emitir facturas en la web dejando de respaldo solamente las tradicionales del papel. Esta medida también alcanza a los contribuyentes que se encuentran exentos en el Impuesto al Valor Agregado y a los que emiten sus comprobantes en el domicilio de los clientes, que deberán usar el facturador online.
Quiénes quedan obligados
- Los Responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado. Ya se encuentra generalizado el uso para todas las actividades, salvo excepciones mínimas.
- Monotributistas: hasta ahora están obligados los inscriptos a partir de la Categoría "F" en adelante.
- Exentos en el impuesto al valor agregado: hasta hoy es optativa la adhesión al régimen de factura electrónica.
- Sujetos no alcanzados por el impuesto al valor agregado.
Cómo es el cronograma
1. Los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo):

F a K: ya emiten factura electrónica
E: arranca el 1 de octubre de 2018
D: 1 de diciembre
C: 1 de febrero de 2019
B: 1 de marzo de 2019
A: 1 de abril de 2019
Paso a paso
Cómo darse de alta para el monotributo y generar la factura electrónica

Para poder comenzar a realizar factura electrónica se necesita tener habilitados dos servicios con clave fiscal "Comprobantes en Línea" y "ABM ? Puntos de venta".
Una vez dentro del menú de clave fiscal, sobre el margen izquierdo se visualizará la sección "Servicios Administrativos", hacer clic en la tercera opción "Administrador de Relaciones de Clave Fiscal".
Dentro del "Administrador de Relaciones de Clave Fiscal", hacer clic en "Adherir servicio". En "Servicios Interactivos" buscar el servicio "Comprobantes en Línea" o "Administración de puntos de venta y domicilios", según corresponda, y presionar "Confirmar".

Después, hay que habilitar un nuevo punto de venta (cuatro dígitos numéricos para identificar la cantidad de sistemas de emisión de comprobantes) diferente al asociado al de facturación manual.
Una vez dentro del menú acceder al servicio "Administración de puntos de venta y domicilios". Dentro del servicio, seleccionar nombre, apellido y en un paso siguiente la opción "A/B/M de puntos de ventas".
Para habilitar un nuevo punto de venta hay que seleccionar "Agregar", ítem ubicado en el margen inferior.

El sistema solicitará el ingreso del código de punto de venta (Ej.: 0002), el nombre de fantasía (opcional), la vinculación con el sistema de facturación por el cual se da de alta el punto de venta y el domicilio asociado.
Para emitir los comprobantes a través del servicio "Comprobantes en línea" se deberá seleccionar la opción "Factura en línea - Monotributo".
Una vez seleccionado el sistema de facturación, hay que seleccionar el domicilio asociado.

El último paso a realizar es configurar el servicio "Comprobantes en línea" para que emita comprobantes.
Una vez dentro del menú de clave fiscal, acceder al servicio "Comprobantes en Línea". Dentro del servicio, seleccionar nombre, apellido y en un paso siguiente la opción "Datos adicionales del comprobante".
Completar los datos requeridos, especialmente el número de Ingresos Brutos, y presionar "Guardar".
Una vez informados los datos adicionales, ingresar a "Generar Comprobantes". Al finalizar, se podrá imprimir o bajar el PDF. Fuente: (infotechnology).-
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