Institucionales

Realizan controles en Crespo por venta de alcohol a menores y fuera de horario

Kioscos, carribares y locales de expendio de bebidas fueron notificados sobre la plena vigencia de la ordenanza municipal que prohíbe la venta del alcohol a menores ya que "todavía hay contraventores".

Archivo - Ilustrativa
El director de Prevención y Seguridad Urbana, Crio (R) Sergio Schneider dijo 32 que tras la notificación a los kioscos, carribares y locales de expendio de bebidas sobre la plena vigencia de la ordenanza municipal 42/12 que regula la venta de bebidas alcohólicas, se iniciaron los controles.

Schneider sostuvo que a pesar de que la ordenanza tiene seis años, todavía hay contraventores, por lo que ante el inicio del verano y la mayor cantidad de horas de ocio, como así también las distintas fiestas y despedidas de año, se volvió a remitir nota a los kioscos recordándoles su vigencia, enviando además una copia del texto de la norma y un cartel que indica la prohibición de venta entre 24.00 y las 8.00 de cada día.

"Se están haciendo controles con personal de la Guardia Urbana y la Policía"- afirmó. No obstante señaló que no son muchos los locales que quedan abiertos durante la noche.

La ordenanza establece multas desde los cincuenta a mil litros de nafta súper, o clausura desde tres hasta quince días a quienes incurran en su incumplimiento de la norma, pudiendo aplicarse las penas conforme lo establece el Código Básico de Faltas y la multa y clausura podrán aplicarse conjuntamente.

Qué dice la ordenanza

La ordenanza 42/12, que además adhiere a la Ley Nacional de Lucha contra el Alcoholismo Nº 24.788, prohíbe la venta de alcohol a menores de 18 años. También prohíbe la venta de bebidas alcohólicas entre las 00:00 y las 08:00 a todas las personas y de bebidas fraccionadas en cualquier horario.

Sólo se puede consumir en los locales habilitados para el expendio de bebidas alcohólicas destinados al consumo dentro del local por sus clientes. Los comercios deben arbitrar los medios para evitar el retiro de las bebidas del local, o su consumo fuera del local comercial. (Paralelo 32)
Ver comentarios

Estás navegando la versión AMP

Leé la nota completa en la web