Política Decreto

Estatales nacionales cobrarán el aguinaldo a principios de diciembre y de julio

El Gobierno oficializó su decisión de adelantar el pago del medio aguinaldo de fin de año para los empleados del Estado Nacional, que desde ahora percibirán ese dinero siempre a principios de julio y de diciembre.

El secretario de Hacienda, Rodrigo Pena, a través de la Resolución 241/2018 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, estableció que los responsables de disponer pagos de las jurisdicciones, entidades y empresas comprendidas en los incisos a) y b) del Artículo 8° de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, incluyendo a estos efectos a las Universidades Nacionales, deberán efectuar los pagos de haberes a sus agentes a partir del primer día hábil del mes siguiente al de su devengamiento.

Eso indica que las cuotas del Sueldo Anual Complementario (aguinaldo) correspondientes a cada semestre deberán abonarse a partir del primer día hábil de julio y de diciembre respectivamente.

Los organismos que realicen sus pagos a través de la Cuenta Única del Tesoro podrán cancelar las correspondientes órdenes de pago de haberes a sus agentes a partir del último día hábil del mes de su devengamiento, dice la norma.
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