Policiales Mendoza

Próvolo: el ADN hallado en ropa interior de una niña es de uno de los imputados

El material genético del semen hallado en una bombacha pertenece a un ex administrativo detenido. La prueba es clave para el caso.

Se conoció el resultado de la prueba de ADN realizada a los restos de semen hallados en ropa interior infantil en el Instituto Próvolo, y trascendió que el material genético es de uno de los ex administrativos imputados. Por una disposición legal, la identidad del hombre no puede trascender.

Se trata de uno de los 3 ex empleados que está detenido desde el principio de la causa (junto a los 2 curas Nicola Corradi y Horacio Corbacho), e -incluso- por estos días la Justicia debe determinar si efectivamente es imputable o no.

Su defensa ha solicitado que la Justicia lo declare inimputable, puesto que también es hipoacúsico y presenta un marcado retraso mental y cognitivo.

Pero lo cierto es que es el trabajador que acompaña a Jorge Bordón, a Armando Gómez y a los dos sacerdotes en el primer quinteto de imputados desde el primer momento.

El material genético fue hallado durante uno de los tantos allanamientos e inspecciones que se hicieron en el instituto religioso para chicos sordos de Carrodilla (donde se investiga la comisión de abusos sexuales y episodios de corrupción de chicos) durante el último año; y permanecía en la bombacha de una niña que dormía en el establecimiento.

La querella solicitará ahora que se haga una ronda de reconocimiento de objetos con la intención de que los padres de los jóvenes denunciantes determinen si la prenda íntima pertenece a alguno de sus hijos.

La hija de Pascual se abstuvo de declarar

Noelia Molina es la hija de la ex representante legal del Próvolo -Graciela Pascual, otra de las detenidas por la causa, al igual que la monja japonesa Kumiko Kosaka-. La mujer ha sido identificada por los denunciantes como "la jefa" y "la mano derecha" de Corradi, y está imputada y detenida por participación primaria.

El abogado defensor de la monja la había propuesto como testigo para declarar esta mañana, pero ella optó por no hacerlo. Lo hizo amparándose en la excepción judicial que permite a familiares directos abstenerse de declarar en causas que vinculen a parientes.

La decisión sorprendió a más de uno de los investigadores, puesto que se trata de una herramienta (Artículo 233 del Código Procesal Penal) que se utiliza -generalmente- para no declarar en contra de un familiar directo. Pero en caso de que dicha declaración no complique al imputado, no suele recurrirse a la abstención.

Los Andes.
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