El tribunal evaluó que de la declaración efectuada por la mujer el 31 de julio de 2013 ante la Unidad Fiscal Sudeste "se obtuvo una impresión de diversos mensajes que el imputado le habría enviado mediante la red social Facebook".
La defensa impugnó la transcripción de los mensajes, pero los camaristas Ricardo Pinto y Mario Filozof le otorgaron valor probatorio y rechazaron la nulidad.
Los camaristas concluyeron que los dichos de la denunciante estaban corroborados por los testimonios de su actual pareja, su hijo y su empleador, que recibió un llamado telefónico en el que el procesado amenazaba matar a su mujer y a su compañero.
"Decíle a los dos que los voy a matar, me están obligando a que los mate, me van a arruinar la vida y la de mi hijo" habría dicho el procesado, vía telefónica, al empleador de su ex pareja.
"También debe ponderarse el expediente 18.991/2013 del Juzgado Civil 10 por violencia familiar, en el cual se le impuso a L.C.F. una prohibición de acercamiento a menos de 100 metros por 30 días respecto de la denunciante", destacaron Pinto y Filozof.