Sociedad Córdoba

Se dio el reencuentro: abogado pudo visitar en San Luis a su mamá enferma

El abogado Daniel Aníbal Cobos Porta, que había sido autorizado por la Justicia federal de Córdoba para visitar a su madre enferma de 92 años en San Luis, pudo finalmente reencontrarse con ella.
Viajó el viernes y pudo entrar a territorio puntano cerca de las 23 tras el permiso de ingreso. Estuvo 48 horas y regresó a Córdoba, según indica La Voz.

Inicialmente, las autoridades de San Luis le habían negado el ingreso luego de que el letrado obtuviera la orden favorable del juez federal N°3 de Córdoba, Miguel Hugo Vaca Narvaja, para poder viajar.
El caso
El abogado Daniel Aníbal Cobos Porta (60) había presentado un pedido urgente a la Justicia federal cordobesa (una medida autosatisfactiva) para que lo autorizara a viajar en un plazo máximo de 48 horas debido a que la mujer -según el certificado médico fechado en septiembre- tiene demencia senil, está postrada y padece depresión severa, con lo que requiere atención permanente.

A fin de poder trasladarse, el letrado se realizó dos estudios que dieron negativo de coronavirus (uno, un Ag Radid Test Device Covid-19, efectuado el 6 de octubre, y el otro, un PCR Real Time Coronavirus, del 15 de este mes, en dos institutos médicos diferentes).

Tras presentar la documentación, el juez Vaca Narvaja ordenó al Gobierno de San Luis el ingreso del abogado a esa provincia por 48 horas (sábado y domingo últimos). Sin embargo, no pudo ingresar a territorio puntano para verla, "¡¡¡tal vez en sus últimos días de existencia!!!", como señaló en su recurso urgente.
Negativa y planteo de San Luis
Denunció que la Policía vecina argumentó que sólo dejará entrar si el Comité de Crisis local lo autorizaba. No obstante, el letrado reclamó al juez que dicte una nueva resolución ante el posible delito de desobediencia a la autoridad.

No obstante, el fiscal de Estado de San Luis, Eduardo Allende, pidió el martes a Vaca Narvaja que se declare incompetente para intervenir en la causa y que remita de forma inmediata el expediente al juzgado civil de turno de esa provincia por ser competente en términos territoriales y materiales.

"No existe en el presente caso una cuestión federal predominante", consideró para desestimar la intervención, a su entender, del fuero federal.
A su vez, apeló la orden del magistrado de ordenar el ingreso del abogado a San Luis y expuso una serie de supuestas "irregularidades" en la documentación que Cobos Porta presentó a las autoridades puntanas para poder traspasar el límite territorial.

Indicó que el oficio del juez tenía erróneamente como destinatario al Comité Operativo de Emergencia (COE) de Córdoba y no al COE de San Luis. También señaló que Cobos Porta aparecía autorizado a ingresar a San Luis identificado con dos DNI distintos y que el domicilio al que tenía que dirigirse (la casa de su hermana, donde está su madre) es "inexistente".

"Asimismo, y de mayor seriedad aún, se advirtió que la copia presentada por el doctor Cobos Porta, luego de la firma digital atribuida a vuestra señoría, constaba al pie de la página la leyenda o inscripción 'Validez desconocida' y superpuesto a esto un signo de interrogación", alertó el fiscal del Estado.

"Todo este contexto generó fundadas sospechas en las autoridades del COE San Luis acerca de la posible falta de autenticidad del documento aportado", planteó.

Y cuestionó al abogado al pretender ingresar a San Luis "ignorando e incumpliendo la normativa que regula el ingreso y egreso" en esa provincia, "con el requerimiento de protocolos" por encima "de intereses individuales".

Por otro lado, al apelar la orden del juez, el fiscal de Estado criticó a Vaca Narvaja al pretender "fundar su decisorio en cuestiones de una gran generalidad y sin analizar las constancias de la causa".

"Efectivamente, se basa en lo manifestado por el actor y la documental adjuntada, pero no menciona ni a cuál documental se refiere, ni a qué dichos de la actora. Tampoco explicita cómo valora esos dichos y documental. Es decir que no hay un análisis del juez sobre las circunstancias concretas de la causa y su relación con la prueba aportada, sino que por el contrario se basa en su exclusivo arbitrio, sin exhibir ningún fundamento válido", afirmó.

Con "simples enunciados y generalidades", criticó el fiscal de Estado, el juez cordobés dio "por comprobada la verosimilitud del derecho, sin expresar nada en relación a cómo llega a esa conclusión, lo que patentiza la evidente falta de fundamentación de la resolución y priva a las partes del derecho a conocer el curso lógico del razonamiento que lo lleva a una decisión".

En ese sentido, consideró que "son demasiados temas" en los que el magistrado, en su opinión, "no da fundamentos ni explica cómo llega a sus conclusiones, lo que lleva al resolutorio como un acto jurisdiccional nulo debido a su palmaria arbitrariedad".

Y le recordó que el 1° de julio el juez federal de San Luis, Juan Esteban Maqueda, hizo lugar a un planteo del Gobierno de San Luis ordenando respetar las medidas sanitarias y los protocolos de ingreso, egreso y circulación.

De ese modo, rechazó un dictamen de un magistrado federal de Río Cuarto, quien había ordenado el mismo día al Gobierno vecino la apertura y circulación de varias rutas y caminos tras un pedido de entidades rurales de Córdoba.

De esta forma, el fiscal de Estado dijo que respetará la decisión del juez de San Luis, porque notificó primero al Gobierno (en julio) de la orden, ya que la orden a favor del abogado Cobos Porta (de ingresar a territorio puntano) no fue notificada a San Luis "como corresponde".

Vaca Narvaja le corrió vista al fiscal general Carlos Casas Nóblega, a cargo de la Fiscalía Federal N°2 de Córdoba, quien dictaminó que el juzgado federal N°3 cordobés es competente en la causa.

Ahora, el magistrado el corrió vista nuevamente al fiscal con lo actuado e investiga si el Gobierno puntano incurrió en el delito desobediencia a la autoridad -como plantea Cobos Porta- por el incumplimiento de la orden judicial.
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