Sociedad Emergencia sanitaria

Qué actividades pueden realizarse y cuáles están suspendidas en Entre Ríos

Tras el decreto que declara la emergencia sanitaria en Entre Ríos, desde el Ejecutivo reiteraron las precisiones sobre los eventos que deben suspenderse y aquellos que tienen que restringir la cantidad de personas.
El Decreto N° 361/20 del Ministerio de Salud establece en el artículo 4°, "suspéndase, durante un plazo de treinta (30) días contados a partir del dictado del presente decreto, en el ámbito de la provincia de Entre Ríos la realización de todo evento cultural, artístico, recreativo, deportivo, social, de participación masiva y, en forma consecuente, las habilitaciones otorgadas por los organismos provinciales a sus efectos".

Además, actos oficiales que superen las 40 personas quedan suspendidos.

Eventos con participación limitada o masiva de personas que provengan de países con transmisión sostenida (definidas por el Ministerio de Salud de la Nación):

Deben ser suspendidos eventos con participación masiva (más de 150 personas) ya sea en espacios cerrados o al aire libre.

Eventos con participación limitada entre 40 y 150 personas (ejemplo: cines, teatros, salas culturales, restaurant, casinos).
Podrán continuar con sus actividades con disponibilidad de espacio adecuado que asegure una distancia mínima entre personas de 1 metro. (Ejemplo: butacas libres entre personas). Además, se debe garantizar las condiciones generales de higiene y las medidas recomendadas para prevención de infecciones respiratorias..

Los eventos con participación limitada hasta 40 personas, podrán realizarse asegurando las medidas básicas de higiene recomendadas y medidas generales para la prevención de enfermedades respiratorias.

En eventos deportivos se recomienda el desarrollo sin concurrencia de público. Las prácticas deportivas con participación reducida podrán realizarse garantizando las condiciones de higiene y las medidas recomendadas para prevención de infecciones respiratorias.

Personas de 65 años o más y personas con factores de riesgo deben evitar desarrollar actividades fundamentalmente en lugares cerrados con importante concurrencia de personas.

Se solicita su pronta notificación a todos los miembros del Comité de Organización de Emergencia en Salud (COES) para distribución a las áreas del estado correspondientes.
El comentario no será publicado ya que no encuadra dentro de las normas de participación de publicación preestablecidas.

NOTICIAS DESTACADAS