Sociedad

Senasa introdujo cambios en la importación de productos fitosanitarios

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) resolvió limitar la transferencia de las autorizaciones de importación de productos fitosanitarios formulados de origen extranjero.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) resolvió limitar la transferencia de las autorizaciones de importación de productos fitosanitarios formulados de origen extranjero.

Esto tiene que ver con los sucesivos cambios de titularidad de las autorizaciones de importación de los productos formulados, que "se traducen en la coexistencia en el mercado de productos con el mismo número y de diferentes titulares", informó el Senasa.

"Existen personas físicas o jurídicas inscriptas que realizan cambios de la titularidad de sus Productos Fitosanitarios Formulados de Origen Extranjero inmediatamente después de obtener la aprobación de los mismos y en forma continua en varias oportunidades a lo largo del año", señalaron.

Asimismo, un mismo producto fitosanitario formulado puede elaborarse en una planta ubicada en el extranjero y/o en una planta radicada en el país. "Las situaciones descriptas dificultan los controles que realiza este Organismo sobre los citados productos, en particular sobre las condiciones que deben cumplir en cuanto a su origen, trazabilidad y etiquetado", explicaron.

Por ello, el Senasa decidió acotar los cambios de titularidad de los mismos, facilitando de esta manera, procedimientos ordenados y trazables en la cadena de comercialización y uso de los mismos.

Mediante la Resolución 638/2019 el organismo, dependiende de la Secretaria de Agroindustria, resolvió en caso que su titular desee transferir un Producto Fitosanitario Formulado:

-Solo podrá realizarse la transferencia luego de transcurrido un año contado desde su inscripción en el Registro Nacional de Terapéutica Vegetal.

-Cuando se trate de productos inscriptos con anterioridad a la presente, solo se aceptará una transferencia por año, contado el tiempo desde su última transferencia.

Cabe señalar que la Dirección Nacional de Protección Vegetal tiene dentro de sus acciones la regulación de la certificación fitosanitaria para la exportación, importación y tránsito de productos fitosanitarios, fertilizantes, enmiendas y biológicos, así como también ejercer el control de los requisitos establecidos para su producción, comercialización y uso.

Y dentro de las acciones encomendadas a la Dirección de Agroquímicos y Biológicos de la citada Dirección Nacional, se encuentra la de proponer la política de tramitaciones de importación y exportación de agroquímicos y biológicos, así como la de reglamentar, administrar y mantener actualizados los Registros de su competencia.
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