Sociedad Publicado en el Boletín Oficial

Anmat prohibió un ají molido, un hummus y algunos productos de limpieza

Anmat prohibió la venta en el país de un garbanzo orgánico hummus, de una marca de ají molido, de un desodorante para inodoros y de un desodorante limpiador antibacterial, según se informó en el Boletín Oficial.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la venta en el país del producto garbanzo orgánico hummus marca Tsuki Macro Vegan, del ají molido marca Carrefour, de un desodorante para inodoros y de un desodorante limpiador antibacterial, según se informó en el Boletín Oficial.

La prohibición de la comercialización es para el garbanzo orgánico elaborado por Tsuki Macro Vegan (propiedad de Lionel Maximiliano Stein y Daniel Wainziger), como de cualquier otro producto fabricado por esa firma.
Es porque ese hummus infringe normativas al "carecer de autorización de producto y de establecimiento y por estar contaminado, al hallarse la toxina de clostridium botulinum en el alimento, resultando ser, en consecuencia, un producto ilegal".

Por otro lado, también se prohibió la venta en todo el país del ají molido marca Carrefour por 25 gramos netos (lote 180628, con fecha de vencimiento junio de 2020, RNPA N° 2906-7580/16, elaborado por RNE N° 02-033526) y comercializado por INC SA.
"El producto se halla en infracción al artículo 1200, 1203, 6 bis y 155 del CAA (Código Alimentario Argentino), por estar adulterado en razón de que presenta elementos histológicos de ají y de soja, amiloplastos de trigo y maíz, y en, consecuencia, resulta ilegal", explicó Anmat.

Finalmente se prohibió el uso y comercialización de todos los lotes de los productos de la firma Petriello Rubén Esteban, particularmente, el "Salome Desodorante para inodoros" por 40 gramos (RNE 020045314, RNPUD 0250006) y el "Desodorante Limpiador Antibacterial Ultraconcentrado" por 150 mililitros (RNE 020045314 TI 507) fragancias cítrico limón, coco vainilla, cherry, pino, marina y lavanda.
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