Sociedad Derechos Humanos

Robo de bebés: Querellantes insisten en el apartamiento del juez López Arango

Los abogados querellantes volvieron a pedir que el magistrado no integre el tribunal del juicio por la sustracción de menores y sustitución de identidad en el caso de los mellizos de Raquel Negro y Tulio Valenzuela.
El juicio a los médicos acusados por el robo de los mellizos de Raquel Negro y Tulio Valenzuela quedó en suspenso porque los abogados querellantes insisten en su pretensión de apartar al juez Roberto López Arango, que tendría a su cargo el debate oral y público como tribunal unipersonal.

Los abogados Marcelo Boeykens, Ana Lucía Tejera, Sofía Uranga y Santiago Bereciartúa -que representan a los hijos de Raquel Negro, a la asociación Hijos Regional Paraná y a Abuelas de Plaza de Mayo- presentaron un escrito para que el magistrado sea apartado porque consideran que incurrió en la causal de "prejuzgamiento" ya que, creen, adelantó opinión respecto del grado de responsabilidad que tuvieron los médicos en el plan de sustracción y sustitución de identidad de los mellizos nacidos en el Hospital Militar de Paraná en 1978.

Miguel Alberto Torrealday, David Vainstub y Jorge Eduardo Rossi, propietarios del Instituto Privado de Pediatría (IPP), están acusados como partícipes secundarios de la sustracción y sustitución de identidad de los mellizos durante la dictadura.

Los querellantes pretenden que el juicio se desarrolle con un tribunal colegiado, que debería estar integrado por los jueces López Arango, Lilia Carnero y Noemí Berros, algo que fue desestimado por los magistrados. Pero después pidieron que el primero de ellos sea apartado, lo que tampoco tuvo acogida.

Ahora, los querellantes presentaron un recurso para que la Cámara Federal de Casación Penal determine si corresponde que intervenga López Arango. Como ya lo plantearon en su momento, "no puede soslayarse el carácter extraordinario del proceso en cuestión, ya que se trata de delitos cometidos en el marco de un plan sistemático de represión estatal, archi-reconocido como delitos de lesa humanidad por la Corte Suprema con la implicancia que ello conlleva" y por eso piden que el juicio se desarrolle con un tribunal colegiado, es decir, de tres jueces.
Unipersonal
El juez López Arango había resuelto actuar como tribunal unipersonal porque los hechos que se les imputan a los médicos del IPP tienen una pena máxima que no supera los quince años de prisión.
Una reciente modificación en el Código Procesal Penal de la Nación brinda a los acusados la opción de ser juzgados por un tribunal unipersonal cuando se trata de delitos con una pena de prisión en abstracto que supere los seis años y no exceda de quince, "salvo cuando el imputado y su defensor requirieran la integración colegiada". En este caso, los defensores de los médicos no pusieron objeciones. En cambio, sí lo hicieron el fiscal José Ignacio Candioti y los querellantes.

En el caso de los querellantes, les atribuyen a los médicos también el delito de desaparición forzada de personas respecto del caso del mellizo varón y señalan que ese tipo penal prevé una pena de entre 10 y 25 años de prisión y hasta prisión perpetua si la desaparición forzada resultare en la muerte de la víctima o ésta fuese menor de 18 años. De modo que no encuadraría en lo previsto para un juicio con un tribunal unipersonal.
Sin embargo, el juez López Arango, y luego el tribunal en pleno, consideró que no cabría imputarles el delito de desaparición forzada de personas e incluso recordó que esta pretensión "había sido motivo de pronunciamiento contrario en la causa 'madre'", en la que fueron condenados cinco militares como autores de la sustracción y sustitución de identidad de los mellizos, "por razones de congruencia".

Los médicos acusados

Los médicos Miguel Alberto Torrealday, David Vainstub y Jorge Eduardo Rossi, propietarios del Instituto Privado de Pediatría (IPP), están acusados como partícipes secundarios de la sustracción y sustitución de identidad de los mellizos durante la dictadura.

Concretamente, se les atribuye haber integrado la cadena de sustracción y sustitución de identidad de los mellizos por permitir su ingreso y permanencia en la sala de neonatología del IPP, donde estuvieron internados con nombre falso la niña (Soledad López) y sin nombre el varón (NN López).
Según los registros del instituto, los mellizos fueron derivados del Hospital Militar. La niña ingresó el 4 de marzo de 1978 y el varón, seis días después. También se les imputa haberles dado el alta médica (el 27 de marzo), autorizar su egreso administrativo y su entrega a personas que no eran familiares ni ostentaban ningún poder legal sobre ellos sin dar aviso a un Juzgado de Menores.

Sabrina Gullino, la melliza, recuperó su identidad en diciembre de 2008; su hermano continúa desaparecido.

El juicio todavía no tiene fecha. (El Diario)
El comentario no será publicado ya que no encuadra dentro de las normas de participación de publicación preestablecidas.

NOTICIAS DESTACADAS