“No hay posibilidad de hacer reuniones sociales en domicilios particulares”. Al aire libre pueden juntarse “hasta 10 personas guardando el distanciamiento y las medidas de prevención”, continuó. Acotó que además “el aforo de las distintas actividades bajó del 50 al 30 por ciento. La parte cerradas de los clubes, al igual que las celebraciones de cualquier tipo en lugares cerrados no pueden desarrollarse. Si se practican al aire libre no hay mayores problemas con la distancia y reglas de conducta sanitaria”, aclaró.
El funcionario admitió que hay cuestiones de interpretación, por lo que en el caso de las actividades deportivas “lo importante es que haya distancia, circulación de aire y uso de tapabocas en espacios compartidos”.
Deportes
“Lo general es que deportes al aire libre se pueden hacer y en espacios cerrados se pueden realizar bajo ciertas condiciones, pero hay cuestiones como ¿qué se considera espacio cerrado?. ¿Lo que está techado?, pero hay tinglados que son prácticamente abiertos, con suficiente ventilación”, reconoció Rodríguez Signes al plantear inquietudes en torno a la norma.
“La parte abierta de los clubes tiene que estar habilitada. El decreto nacional no establece restricciones en cantidad de personas que puedan practicar. Nosotros entendemos que tiene que ser razonable en cuánto al contacto”, acotó. Y enfatizó que “lo importante es la ventilación. Que una pileta sea techada no quiere decir que sea un lugar cerrado. Salvo las que se arman con carpas, que son cerradas y el aire está muy concentrado”.
Comercios
“Comercios de cercanía vinculados a alimentación se pueden mantener y los gimnasios están suspendidos en lugares cerrados, pero no así a dónde hay suficiente ventilación”, completó. Elonce.com