Política Boletín Oficial

Extienden trabajo remoto para estatales nacionales: quiénes vuelven a oficinas

La medida que había sido aplicada para el lunes 29, martes 30 y miércoles 31 de marzo, se amplió hasta el 9 de abril. Los trabajadores del PAMI y de la ANSES deberán volver a trabajar de forma presencial. El decreto.
El gobierno nacional extendió este lunes el plazo del teletrabajo para la Administración Pública Nacional hasta el próximo 9 de abril. A diferencia de la medida anterior, esta vez quedarán exceptuados los trabajadores del PAMI y de la ANSES.

La Decisión Administrativa 303/2021, que prorroga el plazo establecido en el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 280/21 hasta el próximo 9 de abril, fue publicada hoy por la madrugada en el Boletín Oficial. La medida había sido aplicada para el lunes 29, martes 30 y miércoles 31 de marzo, y luego de los feriados y el fin de semana, este lunes 5 de abril los empleados públicos debían volver a trabajar.

El decreto anterior exceptuaba de la medida a los trabajadores de la Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud “Dr. Carlos G. Malbrán”, ANMAT, al personal de las Fuerzas de Seguridad Federales, de las Fuerzas Armadas, del Servicio Penitenciario Federal, al personal de salud, de Migraciones, del RENAPER, al cuerpo de Guarda Parques Nacionales y al personal del Sistema Federal de Manejo del Fuego. Esta nueva resolución mantiene a esos grupos y agrega a los de ANSES y PAMI, quienes deberán volver al trabajo presencial a partir de esta semana.

La medida entra en vigor a partir de este lunes, y el decreto, en su artículo 3, repite una recomendación que ya había realizado la semana pasada: “Invítase a adoptar medidas similares al Poder Judicial, al Poder Legislativo, a las provincias, al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los Municipios. Asimismo, se recomienda al Sector Privado la adopción de medidas en consonancia con las establecidas en la Decisión Administrativa N° 280/21, prorrogada por la presente”.


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Quedan expresamente excluidos de la presente decisión administrativa:
- Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud “Dr. Carlos G. Malbrán” (ANLIS).

- Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).

- Personal de las Fuerzas de Seguridad Federales

- Personal de las Fuerzas Armadas.

- Personal del Servicio Penitenciario Federal.

- Personal de salud y del sistema sanitario.

- Personal del cuerpo de Guarda Parques Nacionales Decreto (N° 1455/87) y el Personal del Sistema Federal de Manejo del Fuego (Decreto N° 192/21).

- Dirección Nacional de Migraciones.

- Registro Nacional de las Personas (RENAPER).

- Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

- Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP)”.
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