Política

La Corte Suprema le ordenó a Formosa que deje entrar a personas varadas

La Corte Suprema de Justicia ordenó a Formosa a que en un plazo máximo de 15 días hábiles "deje ingresar a su territorio a los varados por el coronavirus" que acampan desde hace tiempo en la entrada a la provincia.
La Corte Suprema de Justicia ordenó a la provincia de Formosa a que en un plazo máximo de 15 días hábiles deje ingresar a su territorio a los varados por el coronavirus que acampan sin poder tener acceso a su provincia por decisión del gobernador Gildo Insfrán.

Los cinco jueces de la Corte señalaron que la decisión se debe ejecutar teniendo en cuenta el cumplimiento de las medidas sanitarias pertinentes. Los varados son unas 7500 personas que permanecen fuera de la provincia. Amnistía Internacional le había pedido a la Corte su intervención.

Mauro Ledesma, un joven de 23 años, murió ahogado al intentar cruzar el río Bermejo a nado para poder ver a su hija debido a que no podía hacerlo por las restricciones impuestas por las autoridades formoseñas. Ledesma se encontraba en la localidad chaqueña de General San Martín, unos 100 kilómetros al noroeste de Resistencia, la capital provincial.

Hace algunos días, Insfrán había afirmado que "el derecho a la vida está por encima del derecho a la libre circulación".

"En su condición de custodio de las garantías constitucionales, y sin perjuicio de lo que en definitiva se decida en relación con la competencia de esta Corte para entender en el caso por vía de su instancia originaria, el Tribunal resuelve: ordenar a la Provincia de Formosa que arbitre los medios necesarios de modo de garantizar el efectivo ingreso al territorio provincial, con cumplimiento de las medidas sanitarias que estime pertinentes, de todos los ciudadanos que lo hayan solicitado, dentro del plazo máximo de quince días hábiles", señala el escrito.

La decisión lleva la firma del presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, y de sus colegas Elena Highton de Nolasco, Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda.

La Corte destacó que Formosa informó que 13.317 personas habían pedido permiso para ingresar a la provincia y que restaban otorgar permisos a 7522. Y señaló que el tiempo de espera para que los autorizaran a ingresar a la provincia era en promedio de seis meses.

Advirtieron los jueces de la Corte que "le corresponde al Poder Judicial de la Nación buscar los caminos que permitan garantizar la eficacia de los derechos y evitar que estos sean vulnerados" y le avisó a Insfrán que no debe verse su actuación como "una intromisión indebida del Poder Judicial cuando lo único que hace es tender a tutelar derechos, o suplir omisiones en la medida en que dichos derechos pueden estar lesionados".

Y le recordó que "la Constitución Nacional reconoce a todos los habitantes de la Nación el derecho a transitar libremente en su territorio, sin distinción alguna". Y le dijo que "aun cuando es cierto que no hay derechos absolutos, no menos cierto es que el poder del gobierno para recortarlos de acuerdo con sus necesidades, sean o no de emergencia, es mucho menos que absoluto".

Recordaron que Formosa puede dictar normas para su protección sanitaria, pero en el marco de la Constitución. "Los hechos, las restricciones establecidas por las autoridades locales no superan el test de razonabilidad", le dijeron los jueces a Insfrán y abundaron: "Las medidas adoptadas por las autoridades provinciales aparecen en su puesta en práctica, prima facie, como limitaciones irrazonables a la autonomía personal frente a la demora que se produce para concretar el ingreso de quienes lo requieren", escribió la Corte.
El comentario no será publicado ya que no encuadra dentro de las normas de participación de publicación preestablecidas.

NOTICIAS DESTACADAS