Política Hoy habría más medidas

Nuevas medidas por el coronavirus: Quiénes no deben concurrir a sus trabajos

Mayores de 60 años, embarazadas y personal con dolencias crónicas no deberán concurrir a sus trabajos. Hoy se realizarían nuevos anuncios en materia económica. Qué sucede con los padres que deben cuidar a sus hijos.
El Gobierno nacional anunció que, por el plazo de 14 días y para paliar efectos del coronavirus, empleados privados o estatales mayores de 60 años, embarazadas, trabajadores con diversas afecciones de salud y quienes deban cuidar a hijos menores que no tengan clases estarán dispensados de concurrir a sus puestos laborales.

"El universo de trabajadores que vamos a dispensar del deber de asistencia a su lugar de trabajo incluye a los mayores de 60 años, embarazadas y a quienes tengan determinadas afecciones crónicas", enfatizó el ministro del área, Claudio Moroni.

Estarán alcanzados por la resolución quienes padezcan las siguientes enfermedades crónicas: pulmonar obstructiva (EPOC), enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo. También quienes estén afectados por: Insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas; inmunodeficiencias y diabéticos, personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.
En un anuncio brindado en la sala de conferencias de Casa Rosada, el titular de la cartera laboral pidió "a los empresarios privados que adopten medidas para ampliar el trabajo a distancia", y aclaró: "Si las tareas se pueden hacer desde el hogar, que se haga así".

Además, indicó que los alcanzados por esta normativa no sufrirán afectación del derecho a la remuneración.

En ese marco, afirmó que "en el caso de los mayores de 60 esta dispensa podrá ser afectada en caso de que se considere que es personal esencial. No así el caso de embarazadas y los afectados (por afecciones crónicas), que no pueden ser en ningún momento considerados personal esencial".

"Se aclara específicamente que hay un sector de la actividad actual que se considera todo personal esencial, que es el de la salud", precisó Moroni.

En tanto, aclaró que "lo que se está liberando a la gente es del deber de asistir al lugar de trabajo, pero si están dadas las condiciones para que lo hagan en su hogar debe fijar las condiciones con su empleador para poder hacerlo".

"Si alguno de los padres se tiene que quedar a cuidar a los hijos porque no tiene clases, es una ausencia justificada", explicó el funcionario.

A su turno, la secretaria de Gestión y Empleo Público, Ana Castellani, reiteró el pedido a los empresarios privados para que "adopten medidas para ampliar el trabajo a distancia".

"Instamos a que las personas trabajen en sus domicilios ya para disminuir la cantidad de trabajadores en empresas privadas. Las embarazadas quedan exceptuadas en todos los casos", señaló Castellani.

Fuentes oficiales precisaron a NA que con esta medida las dependencias estatales estarán funcionando con "un 10% del personal de manera presencial, incluida Casa Rosada, mientras que el 90% restante lo hará de forma remota".

Las mismas fuentes pronosticaron que este martes "se realizarían nuevos anuncios en materia económica", los cuales se iban a concretar este lunes por la tarde pero fueron postergados.

Los nuevos anuncios también estarían vinculados a "cuestiones sociales y al transporte", con la intención del Gobierno nacional de disminuir el flujo de pasajeros.

Además, indicaron que el presidente Alberto Fernández desempeñaría su función desde la Residencia de Olivos.
El detalle de empleados estatales y privados que estarán dispensados de concurrir a sus trabajos:

A continuación se detallan los casos de empleados públicos y privados que estarán dispensados de concurrir al lugar de trabajo, como medida adoptada por el Gobierno para paliar los efectos del coronavirus.

- Embarazadas, mayores de 60 y grupos de riesgo con enfermedas crónicas (coronarias o pulmonares) de los sectores público y privado quedan liberados de concurrir a su lugar de trabajo.

- Los mayores de 60 que cumplan servicios esenciales deberán concurrir a su lugar de trabajo.

- Todo el personal del servicio público y privado de salud se considera servicio esencial. Embarazadas y grupos de riesgo con enfermedades crónicas nunca podrán ser considerados personal esencial.

- Se recomienda a las empresas del sector privado que trabajen con la mínima cantidad de empleados y que adopten medidas para trabajar a distancia.

- Se insta a todos los niveles gubernamentales, provinciales y municipales, a sumarse a estas medidas.
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