Política Boletín Oficial

Tratamiento para el cambio de sexo formará parte del programa médico obligatorio

La Secretaría de Salud de la Nación ordenó este jueves la cobertura total del tratamiento de cambio de sexo. Se incluyen aquellas drogas utilizadas en proceso de hormonización e inhibición de la pubertad.
La Secretaría de Salud ordenó este jueves la cobertura total del tratamiento del cambio de sexo, a través de la resolución 3159/2019 publicada en el Boletín Oficial.

El texto dispone la actualización del listado de cobertura básica que brindan los agentes del seguro de salud, tal como está detallado en la resolución 201/02. Desde ahora, se incluyen aquellas drogas utilizadas en proceso de hormonización e inhibición de la pubertad.

Se trata del acetato de ciproterona, testosterona gel, 17ß-estradiol gel, valerato de estradiol, espironolactona, undecanoato de testosterona y triptorelina.

Pasan a estar cubiertos en un 100 por ciento para los "pacientes bajo tratamientos hormonales integrales que tienen por finalidad cambiar los caracteres secundarios que responden al sexo gonadal para adecuación de la imagen al género autopercibido".
La actualización responde, según la resolución 3159, a la necesidad de ir "incorporando nuevas alternativas para el cuidado del cuerpo y de la salud sexual y la salud reproductiva".

La Secretaría de Salud diferencia explícitamente este tratamiento hormonal de los "procedimientos estéticos". Estos tratamientos, afirma el documento, "se enmarcan en el acceso efectivo al derecho a la salud, es decir, en el proceso de constitución corporal e identitario, el libre desarrollo personal y el derecho a la vida".

La resolución lleva la firma de Adolfo Rubinstein, secretario de Salud, que fue criticado por la Iglesia y por sectores gubernamentales después de publicar este miércoles el protocolo para la atención de casos de interrupción legal del embarazo, texto que será derogado por el Gobierno. El secretario también recibió el apoyo de otras fuerzas políticas y de actores de la sociedad civil.
El comentario no será publicado ya que no encuadra dentro de las normas de participación de publicación preestablecidas.

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