Política Limitaría las huelgas

Proponen declarar servicio esencial a la recolección de residuos en Entre Ríos

"Se debe contemplar las limitaciones del ejercicio del derecho de huelga a fin de garantizar los derechos de los ciudadanos de mayor o igual jerarquía", sostiene el autor de la iniciativa.
Ingresó a la Cámara de Diputados un proyecto de ley que declara "como servicios esenciales en todo el territorio provincial a la recolección de residuos urbanos, tanto domiciliarios como patológicos; al servicio de potabilización y distribución de agua; al servicio de transporte público de pasajeros; y al cementerio -la inhumación, cremación, tumulación o entierro de cadáveres-, en todo el territorio de la Provincia de Entre Ríos".

La iniciativa, presentada por el peronista Juan Reynaldo Navarro, define servicio esencial como "aquel que debe ser prestado de manera obligatoria y continua por quien corresponda, ya sea el gobierno provincial o local, y que de ninguna manera se puede suspender su provisión de forma tal que se ponga en peligro la vida, la seguridad personal o la salud de la totalidad o parte de la población".

Luego se indica que "en aquellos casos en que por razón de un conflicto de trabajo las partes decidieran adoptar medidas de acción directa que involucren actividades que puedan ser consideradas servicios esenciales, deberá garantizarse la prestación de los servicios esenciales a fin de evitar su interrupción".

"La importancia del texto legal propuesto, reside en la necesidad de brindar estos servicios de manera tal que se garantice la recepción de los mismos por parte de todos los ciudadanos de la provincia, siendo una exigencia legal aun cuando exista una situación de conflictividad gremial", afirmó Navarro en el proyecto.

"Los servicios esenciales que están reconocidos y por tanto garantizados en este proyecto, son considerados tales por ser indispensables e imprescindibles para la vida diaria. Esto, en razón de diferentes problemas que causa el no brindarlos, como ser afectaciones concretas al derecho a la salud, el ambiente sano, la seguridad e higiene y hasta del primer derecho a la vida", enfatizó luego.

"El ejercicio del derecho a huelga y el derecho de los ciudadanos de gozar de las prestaciones consideradas básicas y esenciales para la vida, son dos derechos amparados por nuestra Carta Magna, por ende ambos tienen jerarquía Constitucional. Pero en esta cuestión donde uno de esos derechos hace 'posible' la restricción de servicios esenciales, se debe contemplar las limitaciones del ejercicio del derecho de huelga a fin de garantizar los derechos de los ciudadanos de mayor o igual jerarquía: a gozar de pleno derecho a la vida, a la salud, protección del ambiente, a una vida en condiciones dignas. Esto es un imperativo legislativo que de debemos afrontar sin socavar garantías y derechos constitucionales de todos los actores, y fue dicho por la jurisprudencia y la doctrina", agregó.

Para Navarro, "el mantenimiento de los servicios esenciales constituye un límite al derecho de huelga que se justifica por la clase de bienes afectados, tratando de evitar un mal más grave. Es por ello, que consideramos necesario establecer a nivel provincial esta disposición legal, a los efectos de que aún en situaciones legítimas de conflicto laboral los usuarios de los servicios esenciales puedan contar con el sostenimiento de condiciones de vida dignas, garantizadas por la Constitución Nacional, la provincial y las leyes reglamentarias". (APF)
Fuente: APF
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