Política Reclamo de pago de pensión

Elías sobre el fallo judicial: "Una cosa es resolver y otra, legislar"

"Vamos a valorar hasta dónde la conducta del juez no está sujeta a reproche porque si entiende que la norma no le satisface en sus principios puede aplicar lo que él crea", apuntó el titular de la Caja a Elonce TV.
El presidente de la Caja de Jubilaciones y Pensiones, Daniel Elías, manifestó ante Elonce TV su "preocupación" por el fallo judicial que dispuso extender el pago de la pensión por fallecimiento de una mujer en favor de su hijo, estudiante, hasta la edad de 25 años "y/o hasta la culminación de la carrera universitaria que se encuentra cursando".

"El beneficio de pensión para los hijos cuando estudian se les extiende hasta los 23 años y aquí se trata de un joven cuyo padre había fallecido y compartía la pensión con su mamá, la que también fallece. A los 23 años, como indica la ley, se le interrumpió el beneficio de pensión. Esta persona acudió a la justicia por medio de un amparo y un juez dispuso la extensión de la cobertura hasta los 25 años", explicó Elías. "La novedad es que, si bien el juez conoce que la ley dice hasta los 23 años, invoca una serie de argumentos que le permiten, de oficio, declarar la inconstitucionalidad del artículo, y por lo tanto, decir que resulta aplicable al caso para que se le extienda el beneficio hasta los 25 años", amplió.

Fue el juez Guillermo Federik, integrante de la Sala II de la Cámara Laboral, quien hizo lugar a una acción de amparo promovida por el joven Bruno López, que reclamó a la Caja de Jubilaciones y Pensiones continuar percibiendo el beneficio de la pensión de su madre más allá de los 18 años, como fija la ley. El muchacho hoy tiene 25 años. El magistrado declaró "de oficio" la inconstitucionalidad de un artículo de la Ley N° 8.732, de 1993, que regula el régimen de jubilaciones y pensiones en la Provincia.
La "preocupación" del titular de la Caja apunta a que "los jueces, invocando la competencia parad definir la inconstitucionalidad de un artículo, terminan legislando, porque se deja de lado una ley de jubilaciones dictada por la Provincia y se impone un criterio para favorecer al afiliado".

"No se trata de evaluar si el reclamo es justo o no. Lo peligroso es que dejemos de aplicar la ley"

Para Elías, se trata de "la flexibilización de un beneficio hasta límites que solo el juez determine". Por lo cual, acusó su "preocupación porque el juez legisló y avasalló las competencias del poder judicial".

"Una cosa es resolver y otra, legislar", remarcó el titular de la Caja al dar cuenta que, Federik "invoca legislaciones que no son de la provincia para resolver el derecho".
"Si defendemos el federalismo y la competencia constitucional de la Provincia al legislar en la materia, es muy peligroso invocar una ley nacional que se superpone a la provincial", alertó el titular de la Caja. Y en ese sentido, se preguntó: "Cuál sería el límite si todos los jueces toman esa actitud".

El funcionario comunicó a Elonce TV que apeló el fallo dictado por la Sala II de la Cámara Laboral. Y en esa línea, adelantó que podría valorarse la posibilidad de impulsar un jury para este magistrado.

"Tenemos la convicción que el Superior Tribunal resolverá en otro sentido, pero de cualquier manera puede generar una estampida y expectativas en una cantidad de jóvenes, sin ningún otro requisito porque el juez ni siquiera valoró si este joven trabaja o no, tampoco puso como condición que esté vulnerable, que no tenga ingresos, no hizo ninguna otra invocación más que continúe estudiando", advirtió Elías.

De acuerdo a lo que informó, en Entre Ríos, no suman más de 250 casos con estas características, pero temió que "se puede generar una reacción colectiva y tener que judicializar un tema que ya está legislado en nuestra provincia".

"Vamos a valorar hasta dónde la conducta del juez no está sujeta a reproche porque más allá del contenido, si el juez entiende que la norma no le satisface en sus principios, puede dejarla de lado y aplicar lo que él crea", apuntó.
Para Elías, la cuestión "no soslaya lo económico", ya que de acuerdo a lo que comunicó, una pensión "no supera los 30 mil por mes", sino que "el peligro al que nos enfrentamos es cuál es el límite de aplicación de la ley porque si puede ser cuestionada por lo que piensa cada juez, la incertidumbre jurídica es muy grande".

"Algún día puede pasar que un juez diga que el 82% móvil es insuficiente tomarlo sobre los últimos diez porque el trabajador logró sus mejores sueldos en los últimos dos años y entonces, dice que debe tomarse sobre esos mejores sueldos y por qué no aplicar el 100%", comparó.

"Son impensados estos criterios judiciales y generan mucha incertidumbre e inseguridad jurídica hasta para los propios trabajadores", sentenció. (Elonce)
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