El mismo contempla un Régimen Especial de Cupo Laboral Travesti-Trans, en virtud del cual la comuna deberá incorporar anualmente a su planta de trabajadores/as a no menos de seis (6) personas Travestis y Trans, hasta alcanzar un porcentaje sobre la totalidad del personal municipal del dos (2) por ciento y establecer reservas de puestos de trabajo a ser exclusivamente ocupados por ellas, con el fin de promover la igualdad real de oportunidades en el empleo público.
Este porcentaje abarca al personal de planta permanente y a todas las modalidades de contratación de la Municipalidad, sus órganos descentralizados y autárquicos. Las personas Travestis-Trans que aspiren a obtener un empleo en las jurisdicciones y entidades, se deberán inscribir en el Registro Único de Aspirantes, en las formas y condiciones que la reglamentación establezca.
El "Plan de Inclusión Integral y de Acciones de Reparación a Personas Travestis y Trans" contempla también programas bajo los siguientes ejes temáticos: Salud, Educación, Vivienda, Acceso y Ejercicio Ciudadano, Asistencia a Personas Travestis y Trans Víctimas de Violencia y Acompañamiento a Infancias, Adolescencias y Juventudes Trans y sus Familias. Cabe recordar que esta ordenanza fue aprobada por unanimidad del Concejo Deliberante, en la sesión ordinaria realizada el día 27 de junio pasado.